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POSICIÓN DE CUBA SOBRE LA PORNOGRAFÍA INFANTIL
Respuesta de Cuba a la Nota G/SO 214 (69-14) de la Oficina del Ato Comisionado
Nota Verbal
La Misión Permanente de Cuba ante la Oficina de las Naciones Unidas y los Organismos Internacionales con sede en Suiza saluda atentamente a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y tiene el honor de comunicarle la respuesta de Cuba a la Nota Nota G/SO 214 (69-14), mediante la cual se solicitó información en virtud de la resolución 2004/48 de la Comisión de Derechos Humanos.
Al respecto, Cuba tiene a bien trasladar las siguientes consideraciones generales:
La protección legal de infantes y adolescentes por el sistema de leyes cubanas, está estrechamente vinculada a los principios constitucionales que rigen las relaciones jurídicas en la familia, la comunidad, la sociedad civil y en el Estado cubano.
En Cuba la infancia es la principal prioridad. El Estado crea las condiciones para que la familia asuma el cuidado y la formación de sus hijos facilitando la educación escolar y la salud entre otros derechos de los niños. La infancia y la adolescencia disfrutan de una especial atención por parte de la familia, la comunidad, la sociedad civil y el Estado, que incluye además, la imprescindible protección jurídica y las condiciones para el ejercicio de sus derechos y el desarrollo integral de la personalidad y capacidades de cada niño y joven.
El Estado promueve los derechos de la infancia y la adolescencia consagrados en la Constitución de la República, los diferentes Códigos, Leyes y Decretos Leyes, entre los que se encuentran: el Código de la Niñez y la Juventud, el Código de Familia, el Código Civil y el Código Penal.
Los derechos de las niñas, niños y adolescentes cubanos, también son protegidos mediante un sistema de políticas sociales, programas y proyectos en las áreas de salud, la educación, la seguridad social, el medio ambiente, etc. Entre los integrantes de este sistema y en el contexto abordado, cabe destacar el Programa de Educación Formal para una Conducta Sexual Responsable, los Proyectos para los adolescentes, Mi proyecto de Vida y el Proyecto de Programa de Atención Integral al Adolescente.
Cuba fue uno de los primeros países en ratificar la Convención de los Derechos del Niño, y a pesar del bloqueo que el Gobierno de Estados Unidos le ha impuesto por más de cuatro décadas, el Gobierno cubano ha trabajado por desarrollar un sistema de garantías que articule de manera coherente y operativa las políticas, planes y programas, con una nueva concepción social, cultural y política hacia la niñez y la adolescencia.
En un mundo en el que aparecen y se desarrollan nuevas modalidades de delincuencia transnacional organizada, que tienen como caldo de cultivo los patrones de injusticia y desigualdad que guían la globalización neoliberal en curso, Cuba profundiza y garantiza la seguridad y estabilidad necesarias para el normal desarrollo de todos sus ciudadanos, desde las primeras edades.
Como parte de las acciones que se realizan para la prevención y atención social, se han incrementado los mecanismos de monitoreo y control de las conductas relativas al abuso y explotación sexual, conductas delictivas que han sufrido un incremento a partir de la década de los años 90, asociadas al desarrollo del turismo.
La Fiscalía General de la República cumple un papel de primera importancia en la protección legal a infantes y adolescentes. El Fiscal desempeña una actuación preponderante en la tutela penalógica de los menores, como miembro de los Secretariados Ejecutivos de las Comisiones de Prevención y Atención Social, que ante un hecho con matices delictivos en que pueda resultar como víctima un menor, llevan a cabo una investigación con el mayor cuidado. En todo caso, el Fiscal representa y defiende la integridad corporal, los derechos, los bienes e intereses de los niños y las niñas.
Cuba firmó en octubre del 2000 y ratificó en septiembre del 2001 el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía. Figuró así entre los 10 primeros países que ratificaron este instrumento.
Más allá de las medidas descritas, el país cuenta con un Plan Nacional contra la explotación sexual de la niñez y la adolescencia que se desarrolla en todo el territorio, en el que participan Organismos de la Administración Central del Estado tales como: Educación, Salud, Cultura, Trabajo y Seguridad Social, Fiscalía General de la República, Justicia y Ministerio del Interior, el Instituto Cubano de la Radio y Televisión, el Instituto Nacional de Deportes de Educación Física y Recreación, así como organizaciones tales como la Federación de Mujeres Cubanas, la Federación de Estudiantes de la Enseñanza Media, la Unión de Jóvenes Comunistas, la Central de Trabajadores de Cuba, los Comités de la Defensa de la Revolución y la Asociación Nacional de Agricultores Pequeños.
A lo anterior se añade que nuestro Parlamento cuenta con una Comisión para la Atención de la Infancia y la Igualdad de Derechos de la Mujer, la que da seguimiento periódico al tema.
Las figuras enumeradas y conceptualizadas en el artículo 3 del Protocolo se encuentran sancionadas en la legislación penal y están prohibidas en la legislación laboral.
El Código Penal dedica el Título XI a los delitos contra el normal desarrollo de las relaciones sexuales y contra la familia, la infancia y la juventud, e incluye entre sus artículos 298 al 317 una amplia descripción de conductas típicas entre las que figuran corrupción de menores, con toda su amplia gama de variantes, el proxenetismo y trata de personas y la venta y tráfico de menores, no sólo para fines de prostitución, sino también para comercio de órganos, trabajos forzados y las actividades vinculadas al narcotráfico o al consumo ilícito de drogas.
La política descrita, incluyendo las acciones y medidas de protección legal y los mecanismos de monitoreo y control de las conductas relativas al abuso y explotación sexual y las conductas delictivas asociadas, ha servido de sólido marco para el enfrentamiento de las manifestaciones de pornografía infantil en Internet en el país.
Si bien en estos momentos se está estudiando la posibilidad de codificar en un cuerpo jurídico único las distintas disposiciones normatiyas y administrativas que sirven de base al enfrentamiento de la pornografía infantil en Internet en el país, en Cuba se cuenta con una base jurídica y administrativa efectiva para impedir la ocurrencia de prácticas de esa naturaleza.
En Cuba, la gestión de redes en general y de Internet en particular, es realizada por entidades estatales o mixtas que tienen definidos de manera muy precisa los contenidos permisibles en correspondencia con las normas establecidas, lo que facilita su control y supervisión por las autoridades facultadas.
Existen normativas básicas que regulan por vía administrativa la información que se expone en Internet, en correspondencia con la política trazada por el Estado Cubano, por cuya aplicación responden los jefes de órganos, organismos y entidades.
A
partir del año 2000, con la creación del Ministerio de la Informática
y las Comunicaciones, la actividad de fiscalización y control del empleo
de las redes de datos se fortaleció con la decisión de crear
la Oficina de Seguridad para las Redes Informáticas, adscripta a ese
organismo. Esta Oficina tiene como objeto social la prevención, evaluación,
aviso, investigación y respuesta a las acciones, tanto internas como
externas, que afecten el normal funcionamiento de las Tecnologías de
la Información del país y en su trabajo cotidiano enfrenta cualquier
tipo de acción que pueda afectar a las redes de datos, incluyendo entre
otras, las vinculadas con pornografía, prostitución, pedofilia,
virus informáticos, mensajes de correo no deseados (spam) y en general,
cualquier información contraria al interés social, la moral
y la ética del proceso revolucionario cubano.
Las regulaciones jurídicas para la protección contra la pornografía
infantil han tenido un mayor desarrollo en los últimos años,
a medida que ha venido avanzando el proceso de implementación de Internet
en Cuba. Por ejemplo, en noviembre del 2001, se puso en vigor la Resolución
188 del Ministerio de Informática y las Comunicaciones, que estableció
una metodología para el acceso de las entidades cubanas a Internet,
con el fin de regular este proceso en todas los órganos, organismos
y entidades.
Existen
otros factores que actúan contra las manifestaciones de pornografía
infantil en Internet en Cuba. El modelo cubano de desarrollo, tiene como premisa
esencial el acceso universal a los servicios sociales básicos y de
satisfacción de las necesidades elementales de los seres humanos, entre
ellos los servicios de información y comunicaciones. En Cuba las tecnologías
de la información y las comunicaciones constituyen bienes al servicio
de todo el pueblo. El entrenamiento y la capacitación en su uso son
gratuitos. Su explotación y el acceso a sus servicios, se rigen por
claras políticas y se benefician de programas dirigidos a potenciar
su uso por todos los cubanos y cubanas.
Las prioridades en cuanto a la conexión a esos servicios, incluido
Internet, están determinadas por la máxima de que los escasos
recursos disponibles deben beneficiar al mayor número posible de individuos.
Es por ello que se facilita y prioriza el acceso a través de puntos
de servicio social y comunitario, tales como escuelas, universidades, centros
hospitalarios y de salud, bibliotecas, centros de investigación, unidades
de la administración local, provincial y nacional, centros culturales
y de arte. En el orden individual, se privilegia en la distribución
de las capacidades de conexión a médicos, intelectuales, investigadores
y académicos, entre otros.
Se extiende el empleo masivo de equipos de computación para impartir
conocimientos a adultos, adolescentes y niños desde la enseñanza
pre-escolar. La totalidad de las escuelas del país, 93 de las cuales
tienen un solo niño, han iniciado el presente curso escolar con 46
290 computadoras al servicio de todos sus estudiantes, lo que beneficia al
100% de la matrícula de las escuelas primarias, secundarias y el preescolar.
Los Joven Club de Computación y Electrónica han capacitado en
la explotación de estas tecnologías a más de medio millón
de cubanos.
El país cuenta hoy con un estimado de 270 000 computadoras, el 65 por
ciento de ellas conectadas en red; existen 1 100 dominios punto cu, más
de 750 sitios en Internet y más de 480 000 cuentas de correo electrónico.
Cientos de miles de personas acceden en Cuba a Internet, y cada día
serán más las que lo hagan, según las condiciones económicas
del país lo permitan. Solo a través de INFOMED, el servicio
de Internet de la Salud Pública, acceden personalmente cerca de 30
000 profesionales, médicos y paramédicos. En la Educación
Superior prácticamente todos los profesores y la gran mayoría
de los estudiantes se comunican con Internet, con restricciones vinculadas
solo al tiempo de máquina disponible y a las velocidades que permiten
nuestras redes.
A partir de todos los elementos citados, Cuba seguirá trabajando en el futuro para impedir que los usuarios de Internet en el país utilicen la red de redes para llevar a cabo actos delictivos de pornografía, prostitución o cualquier forma de explotación sexual a niños y jóvenes.
Cuba está convencida de que ninguna obra humana es perfecta. Esa concepción intrínsecamente revolucionaria y transformadora, nos impone desbrozar cada día nuevos caminos y seguir trabando en el perfeccionamiento de la normativa que garantice la más genuina realización de todos los derechos de nuestros niños, niñas y adolescentes, incluyendo su protección de males asociados al uso indebido de Internet.
La Misión Permanente de Cuba ante la Oficina de las Naciones Unidas y la Organizaciones Internacionales con sede en Suiza aprovecha la ocasión para reiterar a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, el testimonio de su alta y distinguida consideración.
Ginebra, 30 de septiembre del 2004