LIBRO BLANCO DEL 2006 >> TERCERA PARTE >> CAPÍTULO 6


CAPÍTULO 6: CONVERTIR LAS PRISIONES EN VERDADEROS CENTROS DE EDUCACIÓN Y MEJORAMIENTO HUMANO

Como parte de la política agresiva de Estados Unidos contra Cuba, el gobierno norteamericano ha considerado legítimas todas las armas, desde las más crueles, agresivas y genocidas hasta la propagación de las más abyectas mentiras y tergiversaciones sobre la realidad cubana.

Uno de los objetos básicos de esta política de engaño ha sido el sistema penitenciario cubano, para lo cual se trata de inculcar la creencia de que los centros penitenciarios en nuestro país no cumplen con las normas mínimas acordadas internacionalmente, así como de difamar y tergiversar la limpia política y la ejecutoria de Cuba en materia penitenciaria.
En las campañas de manipulación mediática y política contra Cuba, se difunden y recrean falsas historias y mensajes, fabricando y describiendo detalles inexistentes de un régimen carcelario, supuestamente represivo e inhumano, en el que se estarían transgrediendo los más elementales derechos humanos.

Se repiten hasta el cansancio falsas alegaciones de abusos y atrocidades nunca cometidos por las autoridades penitenciarias cubanas, con el objetivo de fortalecer la percepción de que existen prácticas sistemáticas y masivas de maltratos y torturas a prisioneros. De modo fraudulento, se inventan imágenes de pésimas condiciones en los locales y de una dieta alimentaria con características infrahumanas y se denuncian falsas carencias, restricciones e incluso negativas de asistencia médica a reclusos que así lo requieren o solicitan.

A fin de contribuir a aumentar el conocimiento sobre la política humanista de la Revolución cubana en este campo y la transformación que ha sufrido el sistema penitenciario en nuestro país con respecto al que existía en la Cuba pre-revolucionaria, es importante dar a conocer algunos elementos centrales de análisis, que ponen al mismo tiempo al desnudo las burdas campañas de propaganda anticubana.

Transformaciones en el sistema penitenciario heredado en 1959

El sistema penitenciario prerrevolucionario – en el que fueron torturados y ejecutados extrajudicialmente cientos de valientes jóvenes cubanos que luchaban contra la tiranía sostenida por Washington en la Isla –, se caracterizaba por la promiscuidad y el hacinamiento, la corrupción judicial y administrativa, el crimen despiadado, los maltratos físicos y la tortura, las desapariciones, la discriminación racial y social y el tratamiento brutal al hombre sancionado, en detrimento de su integridad y dignidad humana. En dicho sistema – si así se le puede calificar –, prevalecía además una ausencia total de programas de rehabilitación social. Las cárceles eran verdaderos almacenes de personas reprimidas por la dictadura y de marginados por una sociedad profundamente injusta. En síntesis, era un régimen carcelario despiadado y brutal, deformador de hombres y creador de delincuentes.

La Revolución tuvo que destruir el régimen carcelario que heredó de la tiranía batistiana, y ha venido construyendo, durante todos estos años, un sistema penitenciario revolucionario, profundamente humano, sustentado en el respeto y el control riguroso de la aplicación de leyes y reglamentos que se inspiran en la máxima de reeducar y rehabilitar a cada persona recluida para su reintegración social.

Fueron desactivadas viejas prisiones heredadas del capitalismo, como el llamado “Presidio Modelo” ubicado en la entonces Isla de Pinos (actual Isla de la Juventud), y las emplazadas en los Castillos del Príncipe, El Morro, La Cabaña y San Severino, establecidas en el período colonial. Dichas instalaciones adolecían de una ausencia total de las mínimas condiciones para la vida humana. Se construyeron nuevas prisiones (de régimen cerrado y abierto), a partir de conceptos humanistas y respetando los códigos y principios desarrollados por la ciencia penal a nivel internacional con relación a las mejores prácticas para el tratamiento a los reclusos.

El Gobierno Revolucionario derogó leyes y reglamentos obsoletos en materia penitenciaria, muchos de los cuales databan también de la etapa colonial. Se reemplazó además el personal que atiende los centros penitenciarios, a partir de las elevadas normas de humanismo y respeto a la dignidad que se empezó a exigir y se continúa exigiendo hasta nuestros días a los ciudadanos que cumplen tan importante función social.

Entre los pilares de la transformación que se acometió en el proceso de construcción de un nuevo sistema penitenciario en el país tras el triunfo de la Revolución Cubana, vale la pena singularizar los siguientes:

  • El perfeccionamiento de la legislación penitenciaria y de su base reglamentaria, teniendo en cuenta los preceptos de las “Reglas Mínimas Internacionales para el Tratamiento a los Reclusos”, aprobadas en el Primer Congreso sobre la Prevención del Delito y el Tratamiento al Delincuente, celebrado en 1955, en Ginebra, Suiza.
  • La adopción y perfeccionamiento del sistema progresivo, para permitir al recluso ir avanzando en diferentes regímenes penitenciarios hasta lograr su libertad condicional, a partir de su conducta y de plazos mínimos de cumplimiento de su sanción.
  • El establecimiento de criterios de clasificación de la población penal que aseguran mejor tratamiento colectivo e individualizado (reglamentación del tratamiento que reciben las categorías de reclusos a partir de su situación legal, del sexo, las edades, características personales, sus niveles de peligrosidad, etc.)
  • La construcción de locales adecuados para los establecimientos penitenciarios (celdas colectivas e individuales, con aire, luz, ventilación, servicios sanitarios y duchas).
  • La incorporación voluntaria al trabajo socialmente útil y remunerado.
  • El otorgamiento de ayudas económicas a familiares de reclusos.
  • La organización de un subsistema educacional en las prisiones para la enseñanza general y técnica.
  • La organización de un subsistema de atención médica y estomatológica, primario y especializado, para atender a los reclusos.
  • El desarrollo de actividades de amplia participación en las esferas artísticas, deportivas y recreativas.
  • La capacitación técnica y profesional y la superación permanente del personal penitenciario (juristas, psicólogos, psicopedagogos, pedagogos, defectólogos, sociólogos, incluidos los funcionarios).

Estas acciones de la Revolución permitieron la rehabilitación de los reclusos y su reincorporación a la sociedad promoviendo el respeto a su condición de legítimos hijos de la nación cubana, independientemente del delito que hubieren cometido.

Fundamentos legales y jurídicos que sustentan las transformaciones en el sistema penitenciario cubano actual

Al profundizar en los fundamentos del sistema penitenciario cubano actual, es necesario tomar en cuenta que los mismos han quedado claramente consagrados no solamente en los reglamentos penitenciarios aplicados durante estos años, sino también en las principales leyes del país.

La Constitución de la República de Cuba, establece en su artículo 58 que “Todo acusado tiene derecho a la defensa”. El Artículo 57 asegura que “el detenido o preso es inviolable en su integridad personal”.

El Código Penal por su parte, entre otros aspectos, establece sanciones sustitutivas a la privación de libertad, reconoce la posibilidad de extender la libertad condicional a las personas privadas de ellas, promueve sanciones conjuntas a favor de la persona a la que se le haya probado la comisión de distintos delitos en diferentes causas y diferencia entre los reos reincidentes, multirreincidentes o primarios ante la ley y ante el tratamiento penitenciario.

La Ley de Procedimiento Penal establece las garantías procesales a las personas acusadas de un delito y la garantía de su defensa por parte de abogados capacitados para ello. De igual forma, sustenta como requisito la presentación a juicio de las personas acusadas cuando el tribunal lo reclama y la elaboración posterior de un documento muy importante en la definición legal de aquellos que han sido sentenciados, el cual contiene la sentencia y la liquidación de sanción, elementos importantes que definen dentro del sistema, el tratamiento que será brindado a esas personas.

En el funcionamiento del sistema penitenciario cubano participan en la protección y el aseguramiento de la legalidad, además del propio Ministerio del Interior, las siguientes instituciones: los Tribunales Populares, la Fiscalía General de la República y las Comisiones de Prevención y Atención Social. Los Órganos, Departamentos o Direcciones de Atención a la Ciudadanía en las entidades mencionadas con anterioridad, canalizan, tramitan y dan respuesta a toda denuncia sometida por cualquier persona acerca de supuestas violaciones de la legalidad y los derechos de los reclusos en el sistema penitenciario cubano.

La supervisión y el control de la Fiscalía General de la República, instancia con capacidad de reportar directamente los resultados de sus pesquisas e investigaciones al Consejo de Estado, es de particular importancia. Se busca con ello establecer garantías adicionales a la protección de los derechos de los reclusos y sus familiares y preservar el cumplimiento de la legalidad.

Puede afirmarse con seguridad que el sistema penitenciario cubano cumple con creces las 95 reglas adoptadas en el sistema de las Naciones Unidas como “Reglas Mínimas Internacionales para el Tratamiento a los Reclusos”.

El sistema penitenciario cubano – a diferencia de lo que sucede en otros muchos lugares del mundo y, en particular, en la parte del territorio cubano ilegalmente ocupa por la Base Naval estadounidense en Guantánamo, garantiza a las personas privadas de libertad el respeto que merecen a su integridad física y psíquica y a su dignidad humana. Reciben un trato justo durante el cumplimiento de sus sanciones y cuentan con las garantías de apoyo al proceso de reincorporación a la sociedad una vez cumplidas las sanciones que les fueron impuestas o al recibir antes el beneficio de la libertad.

Elementos de interés acerca del sistema penitenciario cubano

Nuestro país, luego del triunfo de la Revolución en 1959, emprendió un cambio sin precedentes en todos los campos del quehacer económico, político y social de la nación, que incluyó también el terreno penitenciario en el cual se transformó radicalmente la vieja y anacrónica concepción del trato al recluso y a aquellas personas detenidas o en prisión preventiva.

Lo más importante fue el hecho mismo del cambio conceptual que se operaría acerca del sistema penitenciario y su lugar en la sociedad, de manera que las prisiones se transforman, de almacenes de presos, en lugares con las condiciones mínimas indispensables en las que el recluso pueda contar con el respeto a su dignidad y se multipliquen las oportunidades reales de desarrollo del ser humano.

El sistema penitenciario cubano busca garantizar la protección y seguridad de la población penal y al desarrollo de un conjunto de acciones que contribuyen al mejoramiento de su condición humana y conducta social. En la concepción diseñada y desarrollada por la Revolución, el sistema penitenciario debe servir para rescatar al ser humano además de proporcionarle utilidad y virtud en medio de las condiciones de la prisión.

En este ámbito es conveniente relacionar algunos de los elementos distintivos de nuestro sistema penitenciario:

Sobre el tratamiento penitenciario

Se aplica el enfoque progresivo en el tratamiento penitenciario que permite a la población penal gozar del beneficio de la rebaja de sanción de hasta 2 meses cada año por buena conducta, la transición desde los regímenes de mayor severidad a los de menor y la modificación de sanciones privativas de libertad por otras no privativas.

Como promedio, un 40% del total de sancionados se encuentra en unidades abiertas, desprovistas de cercas y otros medios de seguridad, sin vestir uniforme de reclusos y laborando en condiciones similares a las de la población civil. Disfrutan de pases o permisos especiales por buena conducta.

El 82 % de los reclusos que egresan, lo hacen sin cumplir totalmente su sanción. La libertad anticipada puede ser otorgada a la mitad de la sanción para los reclusos primarios, término que disminuye hasta un tercio en el caso de los jóvenes y que aumenta a dos tercios para reincidentes y multi-reincidentes.

En Cuba más del 90 % de los reclusos se encuentra cumpliendo una sentencia firme.

Las sanciones menores a 5 años de privación de libertad pueden ser sustituidas por penas no privativas al tercio del cumplimiento.

Las normas disciplinarias y su reglamento de aplicación, prohíben expresamente la aplicación a los que incumplen dichas normas de castigos corporales, tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes o la reducción de la dieta alimentaria. A los reclusos no se les aplican en ningún caso cadenas, grilletes, ni camisas de fuerza.

La violencia y el maltrato, tanto físico como espiritual, están totalmente prohibidos y constituyen un delito previsto en la Ley, la que impone la obligación de sancionar a cualquier persona que cometa actos de dicha naturaleza en el desempeño de sus funciones en los centros penitenciarios. Solo se autoriza la fuerza estrictamente indispensable para reducir al orden a aquellos que lo han alterado. Cabe destacar que el uso de armas de fuego está prohibido para las fuerzas que actúan en el interior de los penales, quedando limitado a los cordones externos de las prisiones cerradas, con serias restricciones para su uso.

Los reclusos reciben de la administración del centro penitenciario en el que se encuentran cumpliendo sanción, una alimentación adecuada, con un valor nutritivo no inferior a las 2 400 kilocalorías diarias y consumen agua potable. Pueden, además, recibir de sus familiares hasta 40 libras de alimentos y otros enseres de primera necesidad en cada visita.

Los reclusos enfermos, en virtud de prescripción facultativa, reciben una dieta alimentaria en correspondencia a su padecimiento. Todo recluso recibe gratuitamente los artículos de aseo personal, lencería y uniforme.

Las reclusas son ubicadas en centros penitenciarios exclusivos para mujeres, que son atendidos directamente por personal femenino debidamente preparado.

Los reclusos jóvenes también reciben un tratamiento diferenciado. Se les ubica en establecimientos penitenciarios sólo para jóvenes o en áreas separadas de las prisiones de adultos y son atendidos por personal seleccionado.

Los reclusos mantienen la comunicación sistemática con sus familiares mediante visitas, el uso de pabellones conyugales (beneficio que se extiende a reclusos de ambos sexos), contactos telefónicos y correspondencia. Los sancionados pueden, asimismo, ser beneficiados con pases o visitas especiales al hogar sin custodia, como estímulo a la buena conducta. Tienen el derecho a ser conducidos a hospitales, funerarias o entierros, en el caso de enfermedad grave o fallecimiento de familiares allegados.

Las visitas se realizan sin mallas, rejas, paredes de vidrio u otro tipo de obstáculo al contacto directo del recluso con sus familiares.

El sistema penitenciario, a solicitud de las familias, de los trabajadores sociales o de los propios reclusos, promueve la concesión de ayudas económicas a los familiares de los reclusos que así lo requieran, que son entregadas por el sistema de seguridad y asistencia social del país.

Como parte del tratamiento integral que se dispensa a la población penal, y con vistas a reducir al mínimo indispensable los efectos negativos del aislamiento social, se realizan visitas demostrativas bajo custodia a centros culturales, deportivos, históricos y económicos, a manera de estímulo por buena conducta. Se propicia también el disfrute por los reclusos de los medios masivos de difusión, especialmente la televisión, que puede ser atendida hasta el cierre de las transmisiones. Los prisioneros tienen además la oportunidad de compartir con personalidades destacadas del arte, la cultura y el deporte que visitan los centros penitenciarios.

Al detallar las amplias facilidades existentes para la comunicación con el exterior de los reclusos, vale la pena destacar la importancia de los pabellones o visitas conyugales. Este beneficio ha sido garantizado a toda la población penal que lo solicite, desde los primeros años de la Revolución Cubana, dando cumplimiento a una de las recomendaciones incluidas en las Reglas Mínimas adoptadas por las Naciones Unidas.

El sistema penitenciario cubano permite la asistencia religiosa a los reclusos que lo soliciten, y respeta la libertad de no profesar religión alguna.

El personal penitenciario es seleccionado y preparado convenientemente para el cumplimiento de sus tareas. Dentro de estas fuerzas, se incluyen médicos, pedagogos, juristas, psicólogos, y otros profesionales en ciencias de la conducta.

Los reclusos extranjeros se ubican en centros y áreas de reclusión independientes y se les garantiza la asistencia consular, el respeto a sus tradiciones culturales y se le brindan facilidades para la adquisición de productos alimenticios de aseo y uso personal.

Los acusados que son asegurados con prisión provisional, se encuentran en centros o áreas independientes al resto de la población penal. En coordinación con los órganos de la Fiscalía y los Tribunales Populares, se promueve como política la aplicación de esta medida solo a los casos indispensables y se trabaja de modo intenso por reducir el plazo de enjuiciamiento y sentencia al mínimo indispensable para garantizar el respeto estricto de los requerimientos del debido proceso. Está garantizada la asistencia jurídica a los detenidos, tanto en materia de derecho civil como penal y se facilitan los contactos personales con sus representantes legales.

Del total de la población penal cubana, sólo un pequeño por ciento, que oscila en un rango entre el 8 y el 10 %, corresponde a detenidos a los que no se les ha realizado o completado un proceso judicial. Este índice contrasta con las cifras promedios reportadas en América Latina, que varían del 50 al 95 %, con alguna puntual excepción. Se ha informado, además, que en varios de esos países los períodos de retardo en la celebración de juicios pueden extenderse en un margen de entre 2 a 10 años.

Regímenes de severidad en el tratamiento de sancionados

En Cuba se aplican distintos regímenes de severidad en el tratamiento a los sancionados, algunos de los cuales no implican internamiento en centros cerrados, a saber:

  • De mayor severidad, aplicado a sancionados por delitos muy graves, con fuerte connotación social, tales como los responsables de hechos de terrorismo y piratería.
  • Severo para otros tipos de delitos, aplicado a casos de personas sancionadas a una pena mayor de cinco años de privación de libertad.
  • Severidad media, en el que son ubicados los reclusos sancionados a entre 3 y 5 años de privación de libertad.
  • Mínima severidad, que se aplica en lugares abiertos, o sea, campamentos de trabajo de régimen abierto. Este régimen puede ser concedido incluso a personas sancionadas hasta tres años de privación de libertad por delitos cometidos con intencionalidad y hasta cinco años de privación de libertad por delitos cometidos a partir de la imprudencia.
  • Libertad condicional, que en Cuba constituye también una de las etapas del régimen progresivo. El sancionado recibe la libertad con determinadas condiciones; mantiene un vínculo jurídico con el sistema penitenciario hasta que extinga totalmente su sanción.
  • Los reclusos que así lo requieran por razones de salud física o psíquica, pueden acceder a una Licencia Extrapenal, al determinarse que su estado de salud no es compatible con la vida en la prisión. Esta figura está establecida en el Código Penal vigente.

Sobre los servicios de salud

A toda la población penal se le garantiza de forma gratuita la atención médica y estomatológica, primaria y especializada. En el Sistema Nacional Penitenciario existen hospitales, centros asistenciales y puestos médicos, y se cuenta en todas las provincias con salas de penados ubicadas en hospitales de la red asistencial, donde se garantiza al recluso el acceso pleno a los logros alcanzados por nuestro país en la esfera de la salud. Los reclusos tienen derecho a ser ingresados en cualquier servicio de la red hospitalaria del país. Se les garantiza además la asistencia especializada, mediante visitas periódicas de equipos integrados por diferentes especialistas a los propios centros penitenciarios. La asistencia terciaria en los diferentes institutos del país, es otro de los derechos asegurados a la población penal.

Se dispone de un médico por cada 200 reclusos, un estomatólogo por cada 900 para la atención preventiva, asistencial y especializada y una enfermera por cada 100, sustentados en una red que incluye hospitales, puestos y postas médicas, áreas reservadas en hospitales del sistema de salud pública y equipamiento, instrumental y abastecimiento indispensable de medicamentos.

En los centros penitenciarios cubanos las reclusas embarazadas reciben una dieta alimentaria reforzada durante el embarazo y hasta el cumplimiento del primer año de vida del niño, período en el que la reclusa permanece junto a su criatura garantizándole su lactancia. Transcurrido este plazo de tiempo, pueden entregarlo a sus familiares o internarlo en un Círculo Infantil libre de costo. Las reclusas embarazadas reciben, como el resto de las embarazadas cubanas, una atención médica de alta especialización y un permanente control, incluyendo consultas en los hospitales gineco-obstétricos del país, así como en las instalaciones creadas en las propias instalaciones penitenciarias.


La rehabilitación en el sistema penitenciario

Se le presta también particular atención en el sistema penitenciario cubano al tratamiento educativo.

Forman parte del mismo el trabajo socialmente útil, la instrucción escolar, la capacitación técnica en oficios, la educación cívica y patriótica y la realización de actividades artísticas, deportivas y recreativas, entre otras. Este amplio y humano enfoque del trabajo de rehabilitación, está dirigido esencialmente a modificar hábitos de conducta, a propiciar el respeto a las leyes y a preparar a los sancionados para su reintegración social.

El trabajo constituye uno de los eslabones primordiales de la cadena de actividades dirigidas a la rehabilitación de los reclusos para su plena reinserción social. No tiene un carácter aflictivo ni punitivo para los reclusos. La incorporación a la actividad laboral es voluntaria y reciben remuneración salarial con arreglo a la legislación y las regulaciones vigentes en el país para cualquier otro ciudadano.

Las dificultades provocadas por el bloqueo genocida al que ha estado sometido el país, han impedido la creación de capacidades suficientes para garantizar la ocupación laboral del total de la población penal. No obstante, se trabaja intensamente para ampliar las posibilidades de empleo para los reclusos que voluntariamente opten por ese derecho.

Perfeccionamiento del Sistema Penitenciario Cubano

La creación, organización, y perfeccionamiento del sistema penitenciario cubano ha estado y estará siempre inspirado en la visión defendida por el Comandante en Jefe de que el Estado Socialista no puede sentirse ajeno al destino de ningún hombre.

Como parte del amplio proceso de profundización de las transformaciones y esfuerzos dirigidos a promover una sociedad más justa, educada, equitativa y solidaria, en cuyo empeño han cumplido un papel de vanguardia los programas sociales en curso, se lleva a cabo en el país, con carácter prioritario, una verdadera revolución en el sistema penitenciario, sustentada en la premisa de convertir las prisiones en escuelas.

Desde el año 2000, el gobierno cubano ha venido impulsando e instrumentando, a través de un conjunto de acciones y programas, el proceso encaminado a este perfeccionamiento, con especial énfasis en el tratamiento educativo de los reclusos, con el fin de lograr resultados aún más efectivos en su rehabilitación y ulterior reintegración social.

Este proceso, surgido al calor de la batalla que en el terreno de las ideas enfrenta el pueblo cubano, ha sido denominado “Tarea 500”.

La Tarea 500: Surgimiento, desarrollo y resultados

La Tarea 500, forma parte de los programas de la Revolución y comenzó desde el mismo momento en que nació el movimiento de trabajadores sociales en el año 2000. Fue impulsado no sólo para convertir, en la práctica, las prisiones en escuelas, sino para promover el rescate y orientación de jóvenes y menores proclives a cometer delitos en nuestra sociedad.

A partir de un estudio realizado en las cárceles cubanas, se comprobó que el 58% de los jóvenes presos iniciaron sus actividades delictivas entre los 16 y 24 años. Más del 64% de ellos, al momento de cometer hechos que constituyen delitos, se encontraban desvinculados del estudio y el trabajo. Se evidenció, asimismo, el bajo nivel cultural de la mayoría de esos muchachos, y que apenas el 2% contaba con alguno de sus padres con nivel universitario. En su inmensa mayoría sus padres estaban divorciados y manifestaban además, por lo general, gran desatención hacia sus hijos. La investigación permitió caracterizar al tipo de jóvenes cuyo futuro podía ser terminar en una prisión. La Revolución Cubana no podía resignarse a conocer esa realidad y no hacer nada.

Surgió entonces la iniciativa de captar a un grupo de jóvenes como trabajadores sociales, que se formarían en un curso intensivo, con la misión básica de relacionarse con los jóvenes que estaban desvinculados del estudio y el trabajo en estas edades tan tempranas después de haber concluido sus estudios en el noveno grado e incluso antes. Los jóvenes trabajadores sociales deberían trabajar para guiar la reinserción social de los jóvenes desvinculados.

La primera tarea del trabajador social fue precisamente la búsqueda de lo que se llamó entonces “el eslabón perdido.” Se sabía de los jóvenes que estaban estudiando, de los que estaban trabajando, pero no se conocía exactamente la situación, inquietudes y necesidades de los desvinculados, quiénes eran, qué pensaban y qué aspiraciones tenían. Los trabajadores sociales se lanzaron así a relacionarse con estos otros jóvenes para tratar de empezar a jugar el papel de tutores y de guías de los mismos. De igual modo, asumieron después la atención a los jóvenes que salen de las prisiones y, más recientemente, de los jóvenes que están en las prisiones.

Durante el primer curso de preparación de los jóvenes trabajadores sociales en la Capital, en el año 2000, ellos realizaron una investigación, tras visitar barrio por barrio, cuadra por cuadra, buscando a cada uno de los jóvenes desvinculados. La caracterización social de este grupo de jóvenes desvinculados era muy similar a la de los jóvenes que estaban en prisión, y se confirmó el perfil de aquellos más propensos a delinquir y terminar recluidos en un centro penitenciario.

A la atención priorizada de ese tipo de jóvenes, ha estado dirigida una parte fundamental de los programas sociales que ha venido ejecutando la Revolución en los últimos años. No puede permitirse que alguien esté condenado por la sociedad y tenga predeterminado, con una elevada probabilidad, un futuro de marginación y apego al delito.

La máxima dirección del gobierno cubano, decidió multiplicar las acciones, medidas y programas dirigidos a la prevención del delito, mediante el apoyo y orientación de aquellos más proclives a delinquir. La labor de los trabajadores sociales es parte de la expresión de este proceso.

A raíz del análisis de la situación de los jóvenes de 17 a 30 años, con noveno grado aprobado pero sin vínculo estudiantil o laboral, surgieron hace 3 años los Cursos de Superación Integral para Jóvenes con esta condición, cuya matrícula llegó en el 2004 a más de 150 mil estudiantes. Algunos estudian en sus municipios de residencia, a través de la universalización de la educación superior, y otros en cursos regulares.

Aquellos jóvenes que en determinado momento veían cerradas para ellos las puertas de las universidades y hasta su propia superación profesional, y que aspiraban tal vez a determinados empleos, pero a los que no tenían acceso por su escaso nivel de preparación, han visto en el Curso de Superación Integral una nueva oportunidad para su desarrollo integral como ser humano.

En esta labor de prevención social, a la cual han contribuido con tanta fuerza los trabajadores sociales, también han desempeñado un importante papel los maestros, los médicos de la familia, y los integrantes de la Federación de Mujeres Cubanas y del resto de las instituciones sociales y comunitarias cubanas.

Por su parte, en lo que se refiere a las acciones y programas concretos que se desarrollan con la población penal en el cumplimiento de la “Tarea 500” debe mencionarse que en el 100% de los establecimientos penitenciarios del país existen y funcionan los cursos de superación para los reclusos a los cuales están incorporados actualmente y de forma voluntaria más del 90% de quienes hoy cumplen condenas en prisiones.

Se ha establecido el denominado Programa Audiovisual, el cual comenzó de manera experimental en octubre del año 2001 y que hoy se encuentra organizado en todos los centros penitenciarios del país. A través de este programa, se imparten cursos del novedoso programa Universidad para Todos, con el empleo de técnicas de video, circuitos cerrados de televisión, tabloides y materiales didácticos complementarios, contando con el asesoramiento de profesores del Ministerio de Educación insertados en los Centros Penitenciarios y con la activa participación de monitores seleccionados entre los propios reclusos y preparados debidamente. Hasta mediados de 2004 se habían instalado 1 076 televisores y 195 equipos de video para impartir las clases en 84 centros penitenciarios.

En la primera etapa de este programa, hubo una promoción general del 91% de los reclusos que se incorporaron. Conviene aclarar que la participación de los reclusos en este y los demás programas dirigidos a elevar su nivel escolar y cultura general integral es totalmente voluntaria. En la primera etapa, en el año 2001, se incorporaron al Programa el 88% de los reclusos, mientras que ya en la segunda y la tercera etapas, a partir de septiembre del 2002, la cifra sobrepasa el 90%.

Paralelamente, se continúa desarrollando, en coordinación con el Ministerio de Educación y otros organismos de la Administración Central del Estado, la instrucción escolar gratuita hasta el 12º grado por el subsistema de Educación de Adultos y la capacitación técnica en oficios como: albañilería, carpintería, plomería, electricidad, artesanía, soldadura, barbería y peluquería. A lo anterior se han añadido cursos de computación.

Con la activa participación del Instituto Nacional de Deportes, Recreación y Cultura Física (INDER), se imparten en todas las provincias del país cursos de profesores de educación física. Los educandos una vez graduados, prestan servicios remunerados en los centros penitenciarios. También podrán comenzar a realizar estudios superiores de Licenciatura en Cultura Física, en correspondencia con su actitud, disciplina y resultados académicos.

En cooperación con el Ministerio de Salud Pública, se desarrolló en el Hospital Nacional de Reclusos el primer curso de enfermería. Los graduados prestarán servicios en instalaciones de salud del sistema penitenciario.

Las actividades deportivas y culturales constituyen otras de las esferas que se continúan desarrollando, atendiendo al efecto positivo que causan en la disciplina, estados de ánimo y en la formación de valores positivos como el colectivismo, la camaradería y su influencia en la salud de la población penal. A esto se unen cursos de Educación Física en coordinación con el INDER y la organización de eventos deportivos provinciales, regionales y nacionales. En el año 2004 se realizó un campeonato nacional de béisbol y unos juegos a nivel nacional tuvieron lugar en los primeros meses del año 2005, con la inclusión de un campeonato nacional de gimnasia aeróbica para la población penal femenina.

En coordinación con el Ministerio de Cultura, se han desarrollado numerosos eventos culturales, festivales y concursos literarios. Importante en este sentido ha sido la organización de las bibliotecas en las prisiones que han brindado a los reclusos la posibilidad de ampliar sus conocimientos, instruirse y poder recrearse de forma sana. Estas bibliotecas se han enriquecido con cientos de títulos de lo mejor de la literatura nacional y universal. Además se han preparado reclusos en cursos de técnicos en bibliotecología, los cuales trabajan en las instalaciones bibliotecarias de las prisiones.

El fomento de las bibliotecas ha sido un factor importante de apoyo al Programa Audiovisual, a la instrucción escolar y a la capacitación técnica y ha venido potenciando gradualmente el hábito de lectura en la población penal, ampliando su acervo cultural.
En todas las actividades deportivas y culturales han participado los reclusos y sus familiares, tanto en el papel de actores como de invitados con un saldo muy positivo.

Estos programas básicos para la conversión de las prisiones en escuelas han tenido muy fuerte impacto en la población penal. Han incidido en el mejoramiento de las relaciones y la comunicación entre los reclusos y los funcionarios, al posibilitar un mayor acercamiento de los reclusos a las personas que los custodian y rehabilitan y viceversa. De igual modo, han creado un ambiente de superación y mejoramiento humano en las prisiones. Han contribuido, además, a la creación de hábitos y valores dentro de la población penal y a la mejora en su autoestima. Han influido, incluso, en el incremento de la tranquilidad y el mejoramiento de la disciplina en las prisiones. Se ha producido una disminución apreciable en las incidencias de indisciplina y alteraciones del orden.

El tratamiento diferenciado al joven recluso, se mantiene como una clara prioridad en el cumplimiento de la “Tarea 500”. Dos importantes programas benefician a los jóvenes recluidos en centros penitenciarios.

El primero, llamado “Proyecto Reincorporación”, se inició en el mes de octubre del año 2001, con la creación del Centro de Jóvenes de San Francisco de Paula, en la capital del país, en el cual se encontraban internos seleccionados a partir de su conducta en prisión, en edades comprendidas de 16 a 21 años, con la condición de primarios en la comisión de delitos y sin discriminación alguna a partir del origen social y del tipo de delito o sanción impuesta. En este se empezó a experimentar con la idea de una cárcel sin cercas, sin rejas, ni cerrojos, los cuales fueron sustituidos por aulas, talleres, laboratorios de computación y bibliotecas. Era el primer paso de una experiencia que pretende convertir a los centros penitenciarios en escuelas, partiendo del estrecho vínculo entre los jóvenes internados, sus familias y los trabajadores sociales encargados de atenderlos a ambos. Por él han pasado ya reclusos en número de varios cientos.

La concepción de este Centro, tiene como objetivo principal ser la avanzada del proyecto de convertir la prisión en una escuela, que prepare convenientemente al interno para su reincorporación a la sociedad. En los primeros 3 años de existencia, 114 de ellos obtuvieron la libertad condicional y sólo 5 han reincidido en la comisión de delitos. Algunos de los internos están realizando incluso estudios universitarios. Estos datos evidencian la validez y efectividad de los nuevos métodos que se aplican en el Centro.

Junto a la labor cotidiana de los docentes en el centro, se destaca también la acción de un grupo de trabajadores sociales, que a partir de los estudios universitarios que desarrollan en psicología, sociología y humanidades, aplican estos conocimientos y realizan actividades con técnicas participativas, atienden las diferencias individuales, y, sobre todo, tienen un vínculo muy estrecho desde el punto de vista humano con los jóvenes que están internados en el centro. De igual forma, resulta muy importante el vínculo que mantienen los trabajadores sociales con las familias de los jóvenes reclusos.

El primero de septiembre del 2002, se comenzó a aplicar una novedosa iniciativa en el terreno de la reeducación denominada "Por nuevos caminos", la cual abarca a 84 centros penales e incluyó la instalación de 1 076 televisores y 195 equipos de video, que mediante circuito cerrado permiten ver los diferentes materiales en los locales habilitados para ello.

Con las acciones antes mencionadas y otras en curso se intenta dar esperanza a quienes erraron un día. Cultura, participación y educación, devienen antídoto contra el odio que suele acumularse durante años de rigores y encierro.

Otro programa de gran importancia incluido en la “Tarea 500”, es el alimentario. Está dirigido a mejorar la alimentación de los reclusos y también de los combatientes que cumplen con las labores de seguridad y custodia de las instalaciones penitenciarias. Este plan está activando las capacidades productivas de las prisiones para desarrollar la producción de alimentos. Debe tenerse presente que las penitenciarias cubanas sufren los mismos rigores y limitaciones en el tema de la alimentación que el resto de la sociedad cubana, como consecuencia del prolongado y recrudecido bloqueo impuesto a Cuba por Estados Unidos.

La superación de los efectos del bloqueo en las prisiones, ha sido una razón adicional para el desarrollo de todos los programas mencionados, en especial de este último. El gobierno mantiene y redobla sus esfuerzos para garantizar los aseguramientos logísticos a las prisiones y el mejoramiento de las condiciones de vida y de trabajo a los reclusos, y también a los combatientes.
Sustentados en los revolucionarios programas que se vienen desarrollando en el país como parte de la Batalla de Ideas, que alcanzan también los centros penitenciarios, se trabaja en la denominada tarea 500-2, que tiene como principal objetivo la reincorporación de la mayoría de la población penal a la sociedad con un mejor nivel cultural e instrucción política y, en la mayoría de los casos, con el aprendizaje de un oficio.

Una comparación necesaria

Las positivas acciones que se llevan a cabo en el sistema penitenciario cubano, contrastan muy favorablemente con el funcionamiento de las cada día más numerosas, grandes, represivas y deshumanizantes prisiones estadounidenses.

Las cárceles norteamericanas están súper-atestadas, los presos reciben malos tratos y la violencia es un fenómeno cotidiano. Lo que distingue al sistema carcelario norteamericano es el castigo.

Las cárceles norteamericanas albergan al 25 por ciento de todos los presos del mundo, pese a que la población total de EE.UU. sólo equivale al 5 por ciento del total de habitantes del planeta. Estados Unidos tiene hoy siete veces más convictos tras las rejas que todas las naciones de Europa Occidental.

El sistema carcelario es tan brutal que, contrario a las normas del derecho internacional, en las leyes actuales norteamericanas no está prohibido poner cadenas y grilletes a los presos.

Estados Unidos es uno de los seis países en el mundo que ha ejecutado a menores de edad después del año 1990.

En el país más rico del mundo, con un gobierno que pretende arrogarse el papel de paladín global de las libertades y la democracia, según denuncias fundadas, existirían más de 3 500 niños recluidos en prisiones de seguridad junto con prisioneros adultos. Veinte de los 50 Estados de la Unión, permiten la reclusión en prisiones de niños junto con los adultos.

En muchas penitenciarías de los Estados Unidos, se priva a sus prisioneros del derecho elemental de acceso a las visitas conyugales. En buena parte de las prisiones federales norteamericanas, el pabellón conyugal está totalmente prohibido, en franca transgresión de este derecho natural de todos los seres humanos, estén o no en prisión. En dichas cárceles, sin embargo, son frecuentes las violaciones y otros abusos sexuales, que ocurren ante la deliberada indiferencia de las autoridades. Sociólogos norteamericanos de reconocido prestigio estiman, que 1 de cada 5 presos norteamericanos ha sido violado y que como consecuencia de esta realidad, el VIH-SIDA se había propagado a niveles preocupantes. Según esas propias fuentes, el 29% de los presos que fallecen en las cárceles norteamericanas, lo hacen a consecuencia del SIDA, no solo por el desarrollo de la enfermedad, sino también por la falta de tratamiento.

Según estudiosos de la situación del sistema penitenciario norteamericano, en ese país las cárceles se están transformando en verdaderos campos de concentración donde acaban recluidos los desempleados, toxicómanos, personas sin hogar, enfermos mentales y otras minorías marginadas.

Más del 60 por ciento de los presos pertenece a grupos raciales y minorías étnicas. Los afrodescendientes, el 12 por ciento de la población total, abarcan la mitad de la población penal y reciben desproporcionadas sentencias.

El tratamiento que reciben los encarcelados en Norteamérica está dirigido a degradar al ser humano, en vez de sacar a flote lo mejor de esas personas.

De los dos millones de presos que se estima hay en las cárceles de los Estados Unidos, más de 120.000 forman parte del Complejo Industrial de Prisiones. Se trata de cárceles privadas, un “buen negocio” donde lo que menos interesa es la rehabilitación del recluso y el respeto a su dignidad.

En Estados Unidos han proliferado este tipo de cárceles privadas, cuyos directivos se esfuerzan en hacer cada día más rentable la explotación laboral de la mano de obra cautiva. Se ha llegado a despropósitos tales como los de vender en el mercado bursátil acciones de estas cárceles privadas.

Algunos analistas consideran que el segundo complejo industrial en Estados Unidos es el que se dedica a la construcción de prisiones. Laboran construyendo prisiones en dicho país más trabajadores, que el total empleado por gigantescas corporaciones transnacionales como la General Motors. Poderosos emporios financieros como Merril Lynch o Goldsman Sachs, reciben entre 2 mil y 3 mil millones de dólares cada año en bonos para la construcción de penales.

Lo más lamentable en todo esto, es que las acciones de las compañías carcelarias suben en Wall Street, mientras caen en picada los derechos fundamentales de los presos --alimentación, servicios sanitarios y condiciones de habitabilidad--, que se recortan para abaratar costes.

A este bochornoso panorama, se suma la profusa información corroborando el hecho que la CIA ha detenido ilegalmente y torturado en países extranjeros a presuntos terroristas, algunos de los cuales habrían sido recluidos en centros secretos en países de Europa Oriental.

The Washington Post afirmó que pese al escándalo de las torturas a prisioneros iraquíes en la cárcel de Abu Ghraib , Estados Unidos continúa con los maltratos a detenidos en ultramar y agregó que en las prisiones clandestinas en Afganistán y en otros países y en centros penitenciarios dirigidos por países aliados de Washington, la CIA mantiene decenas de reos al margen de todo proceso legal, incluso sin que los familiares de los detenidos conozcan su localización.

En los últimos meses han ido saliendo a la luz los detalles sobre la humillación sistemática y el abuso físico de los prisioneros por la policía militar y los oficiales de inteligencia en las prisiones que están bajo el mando de las fuerzas de ocupación en Irak.

Algunos miembros del personal de la Guardia Nacional y “contratistas privados” que están bajo investigación por escandalosos casos de tortura a prisioneros iraquíes, recibieron su entrenamiento en cárceles de Estados Unidos.

La realidad de las penitenciarías cubanas nada tiene que ver con el infierno que prevalece en las cárceles de la superpotencia que promueve un injusto ejercicio condenatorio a Cuba en la Comisión de Derechos Humanos.

En las prisiones cubanas no hay concesiones a la impunidad y se abren prometedores caminos para el mejoramiento humano. Las cárceles se van convirtiendo poco a poco en escuelas; el deporte y la cultura abren posibilidades al crecimiento personal de los reclusos; la atención médica con calidad se garantiza en todos los establecimientos y se busca, en medio de las dificultades impuestas por el bloqueo económico, mejorar cada vez más las condiciones de vida en los establecimientos penitenciarios.

En la concepción cubana, el sistema penitenciario debe servir para rescatar al ser humano, para darle utilidad y virtud en medio de las condiciones de rigor en que se vive en una prisión. Dicho sistema ha establecido y sigue perfeccionando mecanismos para controlar y erradicar la agresividad humana y las más graves transgresiones de las normas jurídicas.

Anima al gobierno y la sociedad cubana la divisa martiana de que “la enseñanza de la virtud es más noble, que el examen inútil de las hondas llagas sociales”.

 

 

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Ultima actualización: 20.06.2006
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