

La guerra no declarada de los círculos de poder en Estados Unidos contra la nación cubana – que ha sido convertida en verdadera política de Estado –, ha incluido las más diversas formas de agresión.
El reclutamiento, dirección, y apoyo logístico y financiero a mercenarios al servicio de su política dentro de la Isla, ha sido un objetivo clave en el diseño y ejecución de la estrategia anticubana.
Los mercenarios al servicio de la política imperialista contra el pueblo cubano – siempre cumpliendo instrucciones expresas de los servicios especiales norteamericanos –, han mutado sus “métodos de lucha” en función de los requerimientos de cada etapa en la estrategia de agresión contra la Isla. Han transitado de invasores a terroristas y de terroristas a supuestos “defensores” de derechos humanos.
Las operaciones encubiertas de los servicios especiales estadounidenses contra Cuba, se iniciaron en fecha tan temprana como el verano del propio año 1959. Así ha quedado demostrado en informes desclasificados por la Agencia Central de Inteligencia (CIA).
El 17 de marzo de 1960, en una reunión en la que participaron entre otros, los entonces vicepresidente (Richard Nixon), secretario de Estado (Christian Herter) y director de la CIA (Allen Dulles), el presidente Eisenhower aprobó el llamado "Programa de Acción Encubierta contra el Régimen de Castro", sugerido por la CIA, en el que se autorizaba la creación de una organización secreta de inteligencia y acción dentro de Cuba y para ello se asignaban los fondos necesarios.
En un memorando desclasificado acerca del desarrollo de esa reunión, el general Goodpaster anotó: "El Presidente dijo que él no conocía plan mejor para manejar esta situación. El gran problema es la filtración y la falla de seguridad. Todo el mundo tiene que estar dispuesto a jurar que él [Eisenhower] no sabe nada de esto. [...] Dijo que nuestras manos no deben aparecer en nada de lo que se haga".[1]
Lo cierto es que Eisenhower, al percatarse que día a día Estados Unidos perdía el control en Cuba, ordenó que se aumentara el apoyo a los grupos contrarrevolucionarios dentro de la Isla y dio luz verde para preparar la invasión a Playa Girón, asalto militar a gran escala que fue ratificado por su sucesor, John F. Kennedy.
El 17 de abril de 1961, Washington lanzó unos 1 500 mercenarios contra el pueblo cubano, al frente de los cuales situó mayoritariamente a ex militares de la tiranía pronorteamericana de Fulgencio Batista, derrocada dos años antes por el Ejército Rebelde.
La invasión a Playa Girón fue derrotada en menos de 72 horas por el ejército y el pueblo cubanos. El error del gobierno norteamericano, fue subestimar la voluntad de lucha y el arrojo en el combate de un pueblo que defendía su derecho a existir de modo digno e independiente.
Más del 90% de la fuerza invasora fue hecha prisionera. A pesar de la gravedad de los actos cometidos – más de un centenar de patriotas cubanos fueron asesinados por los mercenarios –, todos los invasores detenidos recibieron un trato ejemplar de nuestro pueblo. A todos se les respetó rigurosamente su integridad física y su dignidad humana y cada uno de los mercenarios heridos recibió esmerada atención médica.
El Tribunal que juzgó a los prisioneros fue extraordinariamente magnánimo. Sólo se exigió el pago de una indemnización que el Gobierno estadounidense no honró siquiera en su totalidad. En diciembre de 1962, Cuba accedió al intercambio de 1 113 mercenarios por el valor de 53 millones de dólares en medicinas y compotas para sus niños.
Luego del estruendoso fracaso de las fuerzas mercenarias en Playa Girón, el presidente Kennedy creó un Comité Especial en el seno del Consejo de Seguridad Nacional, que se encargaría de aprobar diversas operaciones –como la “Operación Mangosta” –, encaminadas a “utilizar los medios disponibles para ayudar al pueblo de Cuba a derrocar al régimen comunista, desde dentro del país, e instaurar un nuevo gobierno con el cual Estados Unidos pueda vivir en paz” [2].
A lo largo de los años, han persistido en un grado extremo de continuidad las motivaciones, métodos de reclutamiento, formas de pago y vías de orientación de tareas a los mercenarios de la política anticubana de Washington. Sólo han sido modificados el ropaje y los instrumentos de agresión suministrados a los mercenarios anti-cubanos.
El ascenso de la administración Reagan al poder en Estados Unidos, en la década de 1980 del siglo pasado, impuso significativos cambios tácticos en la estrategia estadounidense para el derrocamiento de la Revolución Cubana.
De la noche a la mañana, connotados terroristas y agentes de la CIA de origen cubano aparecieron avituallados con disfraces - y oficinas, “organizaciones” y conexiones a ONGs internacionales -, de defensores de derechos humanos y de “opositores pacíficos anticastristas”.
Según el ex agente de la CIA, Philip Agee: «A principios de los años 80, se tomó la decisión de que se requería más que las operaciones terroristas para imponer un cambio de régimen en Cuba. El terrorismo no había funcionado, ni la invasión de Playa Girón, ni el aislamiento diplomático de Cuba que había disminuido de a poco, ni el embargo económico. Ahora Cuba sería incluida en un nuevo programa mundial para financiar y desarrollar organizaciones no gubernamentales y voluntarias, de lo que llegaría a ser conocido como la sociedad civil dentro del contexto de las políticas neoliberales globales de EE.UU. La CIA y la Agencia para el Desarrollo Internacional (AID) jugarían un rol crucial en este programa así como una nueva organización establecida en 1983: The National Endowment for Democracy (NED) - Fundación Nacional para la Democracia»[3] .
Fue en ese período que se creó la Fundación Nacional Cubano-Americana (FNCA), con el objetivo declarado de "promover una transición pacífica hacia la democracia en Cuba". La realidad ha demostrado que la FNCA no abandonó nunca el método de actividades terroristas contra la Revolución Cubana, como lo demuestra la responsabilidad directa de varios de sus principales personeros en planes de atentado contra el Jefe de Estado cubano y la organización y financiamiento de actividades terroristas contra instalaciones turísticas en Cuba a fines de la década pasada.
En el interior de la Isla, involucrando directamente en sus planes subversivos a funcionarios de la Sección de Intereses de Estados Unidos, fueron creados pequeños grupos de supuestos "disidentes pacíficos” y “defensores de los derechos humanos", reclutando para ello a individuos que habían estado implicados en actividades violentas, e incluso a antiguos funcionarios y agentes de la policía, ex sargentos políticos y otros elementos de baja condición humana, que estuvieron estrechamente vinculados con el régimen dictatorial de Fulgencio Batista.
Así aparecieron, como por arte de magia, con el dinero y la orientación del gobierno de Estados Unidos, los llamados activistas y grupos de derechos humanos en Cuba. Estas personas, reclutadas y financiadas como cualquier otro mercenario, llevan a cabo misiones instruidas por Estados Unidos con el objetivo de destruir el orden constitucional elegido por los cubanos y de hacer cumplir las disposiciones de la Ley Helms-Burton.
En el caso del actual presidente George W. Bush, a las apetencias imperialistas de los círculos que integran su régimen, se sumaron las cuotas de poder alcanzadas con su administración por los sectores más agresivos y reaccionarios de la mafia terrorista de origen cubano.
En el curso de los últimos años, con el régimen impuesto por la administración de George W. Bush, Estados Unidos ha llevado a cabo un recrudecimiento sin precedentes de las medidas de bloqueo y hostilidad contra Cuba, de las acciones de injerencia públicas y encubiertas, de las declaraciones de amenaza de funcionarios de alto nivel, y en particular, un creciente involucramiento directo de sus funcionarios diplomáticos en La Habana en el fomento a la subversión del orden constitucional cubano y un incremento exponencial de los fondos oficiales destinados a estas operaciones.
La Historia ha demostrado que los mercenarios reclutados en la Isla por Estados Unidos para llevar a cabo su política de dominación contra el pueblo cubano, carecen de potencial – por el rechazo popular que generan y por carecer de una base social autóctona y de un proyecto independiente – para convertirse por sí mismos en un desafío al proceso revolucionario cubano. Sin embargo, su peligrosidad estriba en la posibilidad de que sus actividades sean utilizadas, aprovechando la demostrada capacidad de manipulación mediática del gobierno estadounidense, como pretexto para llevar adelante o para brindar apoyo, a una eventual agresión militar estadounidense contra Cuba, eventualidad que se ha hecho real y cercana en la actual coyuntura.
El incremento abrumador de los fondos y medios asignados al reclutamiento y financiamiento de mercenarios anti-cubanos y la decisión de escalar a niveles sin precedentes el involucramiento de las agencias estadounidenses en la desestabilización, desgaste y estrechamiento del cerco a Cuba, corroboran la gravedad de las amenazas que enfrenta la nación cubana en la defensa de su existencia misma (ver capítulo 2 acerca del informe presentado por la llamada “Comisión para Asistir a una Cuba Libre”).
En la revisión de la estrategia anticubana propuesta por la infame Comisión en julio de 2006, se sugiere que se destinen en los próximos dos años 80 millones de dólares para la desestabilización del sistema libremente escogido por los cubanos. No satisfechos con tal despropósito, recomiendan además que se utilicen 20 millones de dólares anualmente para similares actividades una vez “que la dictadura deje de existir”.
Lo cierto es que la “disidencia en Cuba” y “la promoción de la democracia entre los cubanos” es un lucrativo negocio, ya no sólo para los mercenarios contratados en Cuba para conspirar contra su propio pueblo y la mafia terrorista de origen cubano asentada en Miami, sino también para cualquiera que en Europa y América Latina se pronuncie contra el proceso revolucionario cubano.
Basta darle una ojeada a un informe de la Oficina General de Contaduría publicado en noviembre de 2006, en el que se detallan claramente los vericuetos de la financiación de actividades anticubanas por la USAID. Por la publicación de artículos y otros documentos anticubanos se han beneficiado conocidos personajes como Mario Vargas Llosa y Vaclav Havel. El documento revela asimismo, los desvíos producidos en los fondos públicos norteamericanos supuestamente destinados a la “asistencia al pueblo cubano” para la compra de videos-juegos, bicicletas de montaña, abrigos de piel, suéteres de casimir, carne de cangrejos y chocolates Godiva, entre otros artículos.
En estas circunstancias, no sorprende entonces la magnitud y agresividad de las campañas de desinformación y mentiras orquestadas por el gobierno de Estados Unidos contra Cuba, a partir de la justa sanción a un grupo de mercenarios reclutados, pagados, instruidos y dirigidos por el gobierno de la superpotencia.
La campaña – que persiste hasta el presente y a la que se han sumado de manera cínica, cómplice y activa varios gobiernos clientes del Imperio, ha recurrido a las sofisticadas técnicas de desinformación desarrolladas por los servicios del nazi-fascismo, atribuyendo de contrabando y reiteradamente a los mercenarios justamente sancionados, falsos calificativos como “disidentes”, “opositores políticos pacíficos”, “defensores de derechos humanos” o “periodistas, bibliotecarios y sindicalistas independientes”. Se intenta hacer creer que los mercenarios habrían sido sancionados “arbitraria e injustamente” por el simple hecho de “ejercer pacíficamente los derechos de libertad de expresión, opinión y asociación”.
Tanto la Carta de las Naciones Unidas, como los dos Pactos Internacionales de Derechos Humanos, reconocen que “todos los pueblos tienen el derecho de libre determinación, en virtud del cual establecen libremente su condición política y proveen asimismo a su desarrollo económico, social y cultural” y que todos los Estados promoverán y respetarán este derecho de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas. De conformidad con y en virtud del ejercicio de este derecho, el pueblo cubano ha establecido su Constitución y sus leyes.
Nadie tiene el derecho de cuestionar el orden constitucional que decida darse un pueblo en ejercicio de su soberanía. Nadie tiene tampoco el derecho de juzgar los actos del pueblo cubano, desconociendo las circunstancias de permanente y grave amenaza externa que plantea la hostilidad de Estados Unidos contra su propia existencia independiente como nación.
Al pueblo cubano le asiste en estas circunstancias, como a cualquier otro pueblo, el derecho a defenderse de la agresión política, diplomática, económica, comercial, financiera, radial y televisiva que libra el gobierno de Estados Unidos contra Cuba desde hace más de 4 décadas.
Estados Unidos impide que sus ciudadanos mantengan correspondencia con cualquier gobierno extranjero en relación con cualquier disputa o simple controversia que los afecte. Pretende, sin embargo, que Cuba permita el reclutamiento y las actividades de mercenarios que no sólo mantienen correspondencia con el gobierno de una potencia imperialista, sino que cumplen instrucciones y misiones dirigidas a la aplicación contra su pueblo de una política extranjera de hostilidad y agresiones, que persigue el derrocamiento de autoridades legítimamente elegidas y la destrucción de un sistema constitucional refrendado por la voluntad popular.
Los derechos y libertades proclamados en la Declaración Universal de Derechos Humanos, tal como establece su artículo 29, no podrán, en ningún caso, ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas, tales como la igualdad soberana, la independencia y la integridad territorial de cualquier país.
Solicitar al Gobierno de Cuba que libere o reduzca las condenas a mercenarios juzgados y sancionados por tribunales competentes e independientes, con apego a leyes adoptadas por su parlamento, equivale a pedirle que interfiera en el funcionamiento de su sistema judicial y abra el camino a la impunidad. Esto no solo violaría la Constitución y las leyes cubanas, sino todos los principios y normas vigentes del Derecho Internacional.
A partir de la decisión y las orientaciones emitidas al respecto por el gobierno de la superpotencia, en el año 2003 se multiplicaron las acciones de los mercenarios al servicio de la política anticubana de Estados Unidos.
Desde su arribo a Cuba, en septiembre del 2002, el entonces Jefe de la Sección de Intereses de Estados Unidos en La Habana, incrementó la frecuencia de las reuniones con sus agentes mercenarios reclutados en la Isla. Crecieron también sus declaraciones y acciones injerencistas y provocadoras, violatorias de las normas elementales para el comportamiento de los diplomáticos.
Mediante los canales diplomáticos se advirtió a la representación estadounidense y a su Jefe de las violaciones de las leyes cubanas e internacionales en que estaba incurriendo, tratando de persuadirlos para que cesaran su provocadoras e ilegales conductas. Por el contrario, el Jefe de la Sección norteamericana continuó con ese proceder, estimulando nuevas y más graves acciones subversivas.
Teniendo en cuenta la escalada y la gravedad de los hechos cometidos por esas personas, al atentar con sus actos contra la independencia, la integridad territorial y la economía del Estado cubano, fueron detenidas varias decenas de mercenarios los días 18 y 19 de marzo de 2003 y enjuiciados los días 4, 5 y 7 de abril de ese propio año.
En total se celebraron 29 juicios en distintas provincias del país, en los que cada uno fue acusado y enjuiciado en vista pública. Se impusieron por los tribunales sanciones de privación de libertad de entre 6 y 28 años. A pesar de los graves delitos cometidos y los peligros que estos entrañaron para la seguridad nacional del país, en ningún caso se impuso la sanción de pena de muerte, ni cadena perpetua, como se ha difundido fraudulentamente por la propaganda anticubana.
No se utilizó violencia o fuerza alguna – ni siquiera mínima –, por los agentes de la policía que detuvieron a los mercenarios. Conociendo perfectamente la entidad de los delitos cometidos y sin una razón moral o principio de justicia que alentara sus actos, los mercenarios no se resistieron a los arrestos.
En la actualidad, la mayoría de esos mercenarios permanecen en prisión cumpliendo las sanciones correspondientes, mientras 16 se han beneficiado con Licencias Extrapenales, a partir de razones estrictamente humanitarias.
Todos los sancionados realizaban actividades para el derrocamiento del orden político, económico y social decidido por el pueblo cubano, y consagrado en la Constitución de su República. A todos les fue probada su responsabilidad en acciones que se tipifican como delitos directamente dirigidos a lesionar la soberanía de la nación. Todos actuaron financiados y bajo instrucciones de una potencia imperialista.
Ninguno fue enjuiciado o sancionado por el ejercicio o la defensa de la libertad de opinión o de expresión. El único denominador común que los une, es la ambición desmedida por el dinero y el desprecio a su patria y a su pueblo. Todos fueron responsables de graves delitos al servicio de la superpotencia que intenta rendir por hambre y enfermedades a su pueblo. Todos servían a las pretensiones imperiales de una administración que ha recrudecido brutalmente el bloqueo genocida que se prolonga por más de cuatro décadas y que ha agravado a niveles sin precedentes la hostilidad y agresiones contra la Isla.
Todos actuaron contra los derechos humanos del pueblo cubano, en particular, contra el ejercicio de sus derechos a la libre determinación, al desarrollo y a la paz, con la circunstancia agravante de haberlos transgredidos bajo instrucciones y con el financiamiento de aquellos que en Estados Unidos de América pretenden crear una crisis artificial que sirva de pretexto a una invasión militar a la Isla.
¿Cuáles fueron los hechos concretos que determinaron la sanción a los 75 mercenarios?
• La participación sistemática en reuniones organizadas por la Sección de Intereses de Estados Unidos en La Habana con congresistas y empresarios norteamericanos que visitaron la Isla, cumpliendo la misión de obstaculizar los esfuerzos de aquellos que dentro de Estados Unidos trabajan por el alivio o el levantamiento de la genocida política de bloqueo contra Cuba. Los mercenarios sancionados han estado trabajando arduamente a favor del bloqueo contra su pueblo y en contra de la aplicación de sucesivas resoluciones de la Asamblea General de las Naciones Unidas que han exigido – la última de ellas apoyada por 183 Estados Miembros -, el fin de esa política unilateral e ilegal. Es decir, no sólo han violado la legislación cubana, sino las normas consuetudinarias del derecho internacional.
• La fabricación de falsas estadísticas, rumores o la tergiversación de información acerca de la economía y la sociedad cubanas, con el objetivo de promover la estampida de Cuba de actuales inversionistas extranjeros y ahuyentar potenciales inversiones, y de esa manera, reforzar el impacto negativo del bloqueo estadounidense sobre el disfrute de los derechos humanos del pueblo cubano. Estos mercenarios han llegado a amenazar a inversionistas extranjeros, advirtiéndoles que tras la destrucción del actual orden constitucional cubano, sus inversiones no serían respetadas.
• Las actividades conspirativas y los planes ejecutados por instrucciones del gobierno de Estados Unidos y la mafia terrorista y anticubana de Miami, con el objetivo de desestabilizar el país y provocar el derrocamiento del orden constitucional que se diera soberanamente el pueblo cubano. Han promovido, organizado y ejecutado acciones dirigidas a promover revueltas, alteraciones del orden y descontento en la población, con la pretensión de provocar una situación insurreccional que de al traste con el orden jurídico e institucional del país, o al menos, fabricar una imagen de ingobernabilidad en el país, que sirva de pretexto a una intervención externa.
• El haber aceptado como pago a sus criminales servicios anticubanos, dinero y obsequios del gobierno de Estados Unidos de América y de la mafia terrorista y anticubana de Miami.
• El periódico suministro de información a y los encuentros conspirativos con oficiales y agentes de los servicios especiales de Estados Unidos y connotados personeros y mensajeros de la mafia terrorista y anticubana de Miami. Cumpliendo instrucciones precisas, buscaban y entregaban a la Sección de Intereses de Estados Unidos en La Habana, informaciones de valor operativo y estratégico acerca de la economía y la seguridad nacional del país.
• La fabricación de falsas alegaciones con el objetivo de dañar la imagen del país. Esas mentiras, remitidas a los servicios estadounidenses a cambio de dinero, eran utilizadas profusamente en las campañas de agresión mediática orquestadas por las agencias del gobierno estadounidense. Las mismas han tenido un impacto negativo en el desarrollo de actividades vitales para el país, como su industria turística.
• La tergiversación del papel de Cuba en la cooperación internacional en materias tales como la lucha contra el terrorismo, contra el problema de las drogas, contra el tráfico y la trata de personas o para la promoción y protección de los derechos humanos, así como la repetición de falsos mensajes elaborados por los servicios especiales norteamericanos, con el objetivo de mantener permanentemente incluida a la Isla en cuanta lista de descertificación unilateral por mala conducta publiquen las autoridades de Washington.
• La fabricación de falsas noticias y rumores que dañan la dignidad de millones de cubanos y de sus representantes elegidos.
• El haber ejecutado acciones que impusieron un peligro a la integridad física y el propio derecho a la vida de millones de cubanos y cubanas, así como a la independencia conquistada al precio de la sangre, dolor y sacrificio de millones de sus mejores hijos.
Varios de los mercenarios sancionados contaban con “Pases de Libre Acceso” a las instalaciones de la Sección de Intereses de Estados Unidos en La Habana, facilidad reservada por las embajadas y cualquier entidad del mundo a sus funcionarios y empleados.
En los juicios fueron presentados y confirmados recibos y nóminas de las entregas de dinero en efectivo o donaciones en especie del gobierno de Estados Unidos a sus mercenarios. Las vías de entrega eran diversas: se realizaban envíos utilizando los servicios de empresas comerciales; se canalizaban fondos y equipos a través de organizaciones de la mafia terrorista y anticubana de Miami; se recurría a mensajeros o “mulas” que ingresaban a la Isla como “turistas”; o simplemente se producía la entrega directa a través de funcionarios de su Sección de Intereses en La Habana.
El mercenario Oscar Espinosa Chepe, por ejemplo, según los recibos y facturas ocupados, recibió del Gobierno de Estados Unidos y sus agentes, desde enero del 2002 hasta enero del 2003, al menos 7 154 dólares. En su casa le fueron ocupados 13 660 dólares, sin que pudiera justificar una fuente lícita para tales ingresos.
Al mercenario Héctor Palacios se le ocuparon en su casa casi 5 000 dólares, obtenidos como retribución a sus actividades anticubanas al servicio del gobierno de Estados Unidos.
Marta Beatriz Roque – beneficiada de una Licencia Extrapenal en julio del 2004 –, había recibido 70 141 dólares provenientes de Estados Unidos hasta el 20 de junio del 2005.
Todos los mercenarios fueron sancionados en virtud del artículo 91 del Código Penal (Ley 62 de 1987) y la Ley 88 de 1999 “Protección a la Independencia Nacional y la Economía de Cuba” – ley concebida como antídoto a la política de hostilidad de Estados Unidos contra Cuba y muy especialmente a la aplicación de la Ley Helms-Burton.
Valdría la pena recordar que Cuba no fue el único Estado que tipificó como delito la colaboración con la aplicación extraterritorial de la Ley Helms-Burton. La Unión Europea, por ejemplo, adoptó un reglamento al respecto, y otro grupo de países como Canadá, México y Argentina, adoptaron leyes que castigan como delito el colaborar con la Ley Helms-Burton o el plegarse a ella.
El delito por el que fueron sancionados los mercenarios – “Actos contra la independencia o la integridad territorial del Estado” –, se encuentra tipificado en el Artículo 91 del Código Penal cubano , y que establece lo siguiente:
“Artículo 91: El que en interés de un Estado extranjero ejecute un hecho con el objetivo de que sufra detrimento la independencia del Estado cubano, o la integridad de su territorio, incurre en sanción de privación de libertad de 10 años a 20, o muerte."
Las conductas y graves hechos cometidos por los mercenarios sancionados, los habrían hecho acreedores de sanciones aún más severas que las que recibieron, como se prevé también en muchas legislaciones del mundo entero.
Los procesos penales se instruyeron con carácter sumario, en virtud de la Ley Nº 5 de 1977, Ley de Procedimiento Penal. El carácter sumario de los juicios se aplicó en estos casos, con total apego a la legalidad y, a partir de la gravedad de los delitos cometidos.
El procedimiento sumario se establece bajo la potestad del Presidente del Tribunal Supremo para acortar los plazos de ejecución del juicio; lo cual, en ningún caso, entraña limitación alguna a las garantías del debido proceso. Este tipo de procedimiento, existe en las legislaciones de más de 100 países en el mundo, incluido Estados Unidos. En Cuba, data de la Ley de Enjuiciamiento Criminal de 1888, que estuvo vigente como ley de procedimiento hasta el año 1973, en que fueron adoptadas nuevas regulaciones que tomaban mucho de ella.
Los mercenarios no fueron condenados por el Gobierno; fueron juzgados y sancionados por tribunales competentes e independientes, cumpliéndose todas las garantías del debido proceso.
Todos ejercieron el derecho de contar con una representación letrada, con abogado defensor que, según la legislación cubana, puede ser designado por el acusado o, en su defecto, el tribunal lo sitúa de oficio. Más del 80 % de los abogados que ejercieron en los juicios, fueron designados por los propios acusados. Todos los abogados defensores tuvieron acceso previo al expediente de la acusación.
Las incautaciones y confiscaciones de bienes fueron siempre llevadas a vías de hecho mediando una orden judicial y tras probarse el origen ilícito de los mismos.
No existe la más mínima evidencia de que se hubiere empleado coacción, presión, amenaza, o chantaje, para obtener las declaraciones y confesiones de los acusados.
Fueron enjuiciados por jueces que habían sido nombrados con anterioridad a las acusaciones; jueces que ya existían y trabajaban en esos tribunales. No hubo un solo nombramiento de jueces de urgencia, ni tribunal alguno fue creado específicamente para considerar una causa.
Cada uno de los mercenarios sancionados tuvo una vista oral, en la que pudo ser escuchado por tribunales y jueces competentes, ejercer sus derechos a disfrutar de una defensa letrada y presentar testigos y peritos que pudieron ser interrogados por los abogados de la defensa.
Las vistas, además de orales, fueron públicas. Participaron un promedio de 100 personas en cada juicio, es decir casi 3 000 personas en total, básicamente familiares, además de testigos, peritos y otros ciudadanos cubanos interesados.
Todos los acusados y sus defensores ejercieron el derecho de aportar las pruebas y testigos a su favor que consideraron pertinentes, además de las que fueron aportadas por los instructores policiales y la Fiscalía. Los abogados de la Defensa presentaron 28 testigos distintos de los llamados por la Fiscalía, de los cuales 22, la inmensa mayoría, fueron autorizados por los tribunales a actuar como testigos. Todos los abogados de la defensa tuvieron acceso previo al expediente de la acusación.
Todos los acusados tuvieron el derecho –y así lo ejercieron la mayoría–, según establece la legislación cubana y les fuera notificado en el juicio, de recurrir las sentencias ante un tribunal superior al que fueron condenados, en este caso, ante el Tribunal Supremo.
No son ni sindicalistas, ni periodistas y mucho menos bibliotecarios independientes, como se ha repetido hasta la saciedad por los enemigos de la Revolución Cubana.
Ninguno de ellos era periodista y muchos menos independiente. Ninguno reportaba lo que ocurría en la realidad, fabricaban falsedades o simplemente tergiversaban fraudulentamente y con premeditación los hechos, siguiendo los dictados y con el dinero de Washington. Varios de los “periodistas independientes” escasamente podrían escribir más de una línea sin cometer errores ortográficos o gramaticales. No eran independientes, porque cumplían instrucciones y trabajaban como asalariados de un gobierno extranjero que cumplía las funciones de censor, editor y dueño único y con carácter monopólico tanto de los medios que difundían sus “trabajos”, como de sus propias mentes.
Ninguno de ellos era dirigente sindical y ninguno podría serlo, porque los sancionados, a partir de su propia decisión, no mantenían vínculo laboral alguno desde hace varios años.
Basta examinar las estadísticas publicadas por la entidad oficial estadounidense “Fundación Nacional para la Democracia” (NED a partir de sus siglas en inglés), para constatar el compromiso descarnado de las autoridades de Washington con el financiamiento de sus mercenarios en Cuba. El programa anticubano de la NED en el 2005, incluyó 17 partidas para garantizar parte del dinero de las nóminas de asalariados de la política anticubana de Estados Unidos, con fondos que ascendieron a 2 millones 365 mil USD.
En Cuba la libertad de opinión y expresión tiene su realización más plena. No existen analfabetos. A todos los ciudadanos se les facilita el acceso a la información más amplia, para que cada persona pueda decidir acerca de la verdad por sí misma. Están prohibidos por ley los monopolios privados nacionales o transnacionales de la información y las comunicaciones, que imponen en otros países las ideas y puntos de vista de elites de poder.
En el país se trabaja intensamente en programas para una educación y una cultura general e integral del pueblo, que le permita enfrentar con éxito la penetración del imperialismo ideológico y cultural, que está apoyado en el trabajo de las transnacionales estadounidenses de la información y el entretenimiento.
En Cuba, toda persona tiene acceso a los medios de información y comunicaciones y los mismos, son utilizados en función de las elevadas necesidades de la sociedad y la educación de los niños y jóvenes, en un espíritu de justicia social, libertad, igualdad y solidaridad humana.
La dignidad humana y la integridad física y psíquica de los mercenarios sancionados a privación de libertad han sido respetadas rigurosamente. Ellos han recibido en prisión los amplios beneficios que disfruta la totalidad de la población penal cubana (ver capítulo 6, Tercera Parte, del presente documento).
Son totalmente falsas las alegaciones de supuestas violaciones de derechos humanos que se habrían producido contra cualquiera de ellos.
Ninguno ha sido sometido a castigos corporales, a tratos crueles, inhumanos o degradantes o a humillación o vejación alguna. A ninguno se le ha reducido la alimentación o el consumo de agua potable y tampoco se le ha privado o limitado el disfrute de los excelentes servicios de asistencia médica, que con carácter gratuito, son asegurados a todos los detenidos y prisioneros cubanos.
A partir de los delitos por los que fueron justamente juzgados y las sanciones que les fueron impuestas por el tribunal, no existe discriminación alguna en el tratamiento de los mercenarios con relación al resto de los reclusos. Cuando ha sido necesario, todos han recibido la atención y el tratamiento médico adecuado y gozan de los beneficios y derechos establecidos en la legislación y reglamentos que rigen el sistema penitenciario.
El derecho a recibir visitas de sus familiares, a mantener comunicación telefónica y a intercambiar correspondencia también es respetado. Todos disponen cada día del tiempo adecuado para realizar ejercicios físicos al aire libre.
A todos se les respeta el derecho a recibir asistencia religiosa y varios que así lo han solicitado, lo han ejercido efectivamente.
A todos los mercenarios se les ha respetado el derecho al uso de pabellones para visitas conyugales. También se les permite el disfrute de los medios masivos de difusión, especialmente la televisión, que pueden atenderla hasta el horario de cierre de sus transmisiones.
Médicos y enfermeros de alta calificación ha atendido a los mercenarios en cada oportunidad en que han expresado molestias o síntomas de estar enfermos, o en cada ocasión en que la atención médica a los mismos ha sido requerida o sugerida por parte sus familiares, por los vigilantes y funcionarios de las distintas áreas de las prisiones o por otros reclusos.
Los que así lo han requerido, han sido ingresados en salas de penados de los hospitales de la red asistencial nacional, donde se les ha garantizado también el acceso a todas las nuevas tecnologías y medicamentos desarrollados por nuestro país en la esfera de la salud.
A cada mercenario recluido que por indicación médica ha requerido una dieta alimentaria especial, se le ha suministrado la misma. La mayoría de las enfermedades que padecen algunos de los sancionados, fueron desarrolladas con anterioridad a su internamiento.
En todos los casos en que se han manifestado enfermedades, los familiares han sido informados regularmente por el personal médico tanto de la evolución del paciente, como del tratamiento que están recibiendo y los medicamentos que se le están suministrando. Se han respondido y atendido todas y cada una de las inquietudes manifestadas por los interesados.
Las características del sistema penitenciario cubano y de su subsistema de atención de salud, así como los beneficios y derechos que disfrutan los reclusos, pudieron ser corroborados por varios representantes del Cuerpo Diplomático residente en Cuba, durante las visitas que efectuaron a diversos centros penitenciarios, en el mes de octubre de 2004. En esas visitas se ofreció una amplia información y los diplomáticos sostuvieron contactos directos con reclusos y reclusas.
Cada día resulta más difícil a los personeros de Washington mantener a flote su campaña de desinformación y mentiras con relación a sus mercenarios en Cuba.
Todos los mercenarios en prisión, como el resto de la población penal en Cuba, reciben amplios beneficios como: visitas familiares, derecho a utilizar el pabellón conyugal, llamadas telefónicas (100 minutos al mes) y asistencia religiosa.
La excarcelación entre el 2004 y 2006, de 16 mercenarios por Licencias Extrapenales a partir de sus requerimientos de salud, asestó un duro golpe a las campañas mediáticas anti-cubanas. Ningún mercenario excarcelado ha podido presentar una evidencia creíble de haber recibido maltrato alguno, de haber sido humillado o vejado. Ninguno ha sufrido un deterioro en su estado de salud como consecuencia de las condiciones de reclusión o el tratamiento recibido en prisión. Ninguno ha podido referir una sola ocasión en que le fuera negada o restringida la atención médica.
Debe puntualizarse que la determinación de las excarcelaciones por Licencia Extrapenal de esos 16 mercenarios, no estuvo determinada por razón o criterio alguno que no fuera de una naturaleza estrictamente humanitaria. A todos los mercenarios se les ha brindado la oportunidad de someterse voluntariamente a los chequeos médicos necesarios para determinar aquellos que requieren el beneficio de la Licencia Extrapenal.
Todas las Licencias Extrapenales extendidas a mercenarios estuvieron avaladas en rigurosos criterios médicos.
Con el otorgamiento de Licencias Extrapenales a dichas personas, se corrobora una vez más la naturaleza magnánima, el profundo humanismo y la ausencia de rencor y odio que inspira la actuación de la Revolución Cubana, que como ya se expusiera, ha brindado a través de la historia pruebas irrefutables al respecto. El Ejército Rebelde en la Sierra Maestra, compartía sus escasas medicinas y alimentos, para atender por igual a revolucionarios y soldados de la tiranía hechos prisioneros que hubieren sido heridos o que fueran víctimas de enfermedades. ¿Existe acaso ejemplo más claro de trato humanitario que el recibido por los mercenarios hechos prisioneros tras la derrota de la invasión de Playa Girón?
La Licencia Extrapenal es un permiso que puede ser otorgado por el tiempo que sea pertinente y por razones justificadas. El artículo 31 del Código Penal cubano se refiere al otorgamiento de la Licencia Extrapenal. Específicamente, el apartado 3 inciso b) y el apartado 4 de dicho artículo, establecen lo siguiente:
(…) 3. En los casos de sancionados a privación temporal de libertad:
(…) b) El tribunal sancionador puede concederles, por causas justificadas y previa solicitud, Licencia Extrapenal durante el tiempo que se considere necesario. También puede concederla el Ministro del Interior, por motivos extraordinarios, comunicándolo al Presidente del Tribunal Supremo Popular.
4. El tiempo de las Licencias Extrapenales y de los permisos de salida del establecimiento penitenciario a los que se refiere el apartado anterior, se abonan al término de duración de la sanción privativa de libertad, siempre que el sancionado, en el disfrute de la licencia o del permiso, haya observado buena conducta. Asimismo se abonan a dicho término las rebajas de sanción que se le hayan concedido al sancionado durante el cumplimiento de aquélla.
Al estar regulada en la legislación penal cubana y haber sido aplicada efectivamente en los casos que así lo requirieron, queda ratificado una vez más el carácter profundamente humano del sistema penitenciario cubano. El respeto a la Legalidad forma parte de la cultura y guía la conducta de las autoridades cubanas.
¡Cuán distinta la situación del sistema penitenciario cubano de lo que ocurre en las cárceles estadounidenses o en los verdaderos campos de concentración establecidos dentro del perímetro de la Base Naval estadounidense en Guantánamo, los cuales ya llevan cinco años operando contra la voluntad de toda la comunidad internacional!
¡Cuán diferente el tratamiento humano y respetuoso a los reclusos en los centros penitenciarios cubanos de las prácticas de torturas y humillaciones sistemáticas que llevan a cabo las tropas estadounidenses contra los prisioneros en Irak!
¡Qué enormes son las diferencias entre el trato que han recibido en las prisiones cubanas estos mercenarios y el que reciben los cinco compatriotas presos injustamente en cárceles norteamericanas por luchar contra el terrorismo!
Con estricto apego a la razón y a la Ley, y respetando rigurosamente la dignidad y la integridad física y psíquica de todo ser humano, Cuba seguirá adoptando las medidas que sean necesarias para defender a su pueblo frente a la política de hostilidad, bloqueo y agresiones del gobierno de Estados Unidos.
Los mercenarios de la política de una potencia extranjera que persigue destruir el orden constitucional establecido por el pueblo cubano, no disfrutarán jamás de impunidad en Cuba, como tampoco la tendrían en ningún Estado soberano que proteja el respeto a la voluntad de sus ciudadanos.
Las leyes cubanas establecen el marco sancionador para castigar a aquellos que las transgreden. El Gobierno cubano hará cumplir las disposiciones que establece la legislación aprobada por la Asamblea Nacional del Poder Popular en representación y tras amplias consultas con el pueblo. La Constitución y las leyes cubanas expresan la voluntad soberana de todo el pueblo cubano y nadie puede colocarse por encima de ellas.
Cuba sabe que la razón y la justicia están de su lado.
[1] Tomado del texto de la Demanda del pueblo de Cuba al gobierno de los Estados Unidos por daños humanos.
[2] Palabras pronunciadas por el presidente J.F. Kennedy el 30 de noviembre de 1961. Citado en el libro ¿Disidentes o mercenarios?. Autores Hernando Calvo Ospina y Katlijn Declercq.
[3] Ver M. H. Lagarde. W. Bush con los financistas de Encuentro http://www.lajiribilla.cu/2003/n131_11/131_29.html