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Declaración de Cuba ante el Órgano de Solución de Diferencias sobre la Sección 211 . Ginebra, 19 de febrero de 2008

Señor Presidente:

Al momento de examinar la vigilancia del cumplimiento de las recomendaciones y resoluciones de este Órgano, prevista por la agenda, notamos que se repite una y otra vez, en varios diferendos, el nombre de un mismo país: los Estados Unidos de América. Cabe preguntarse si ese país además de desconocer compromisos asumidos en el comercio internacional y de burlar la letra de lo acordado por todos los Miembros, ha apostado por desmantelar este mecanismo e imponer el arbitrio de su poder.

El 2008 marca los 10 años de existencia de la Sección 211 y 8 años desde que las Comunidades Europeas (CE) solicitaron al Órgano de Solución de Diferencias (OSD) la creación de un Grupo Especial para el examen de la Sección 211, el 30 de junio del año 2000. En este mes de febrero se cumplen 6 años desde que en el 2002, el OSD ratificó el informe del Órgano de Apelación y solicitó a los Estados Unidos de América poner la medida cuya incompatibilidad fue constatada, en conformidad con las obligaciones que les impone el Acuerdo sobre los ADPIC.

Nada ha cambiado desde entonces. Nada tenemos que celebrar.

Los Estados Unidos de América siguen repitiendo el mismo discurso, mientras la situación en que se encuentran las propuestas legislativas relacionadas con la Sección 211 no ha sufrido cambio alguno. Peor aún, lo que no dice el representante de los Estados Unidos de América es que la actual Administración, que ha llevado de la mano la Sección 211, nada ha hecho en el Congreso para apoyar a aquellos que tratan infructuosamente de eliminar esta disposición violatoria de las normas y principios de la Organización Mundial del Comercio.

Señor Presidente,

Hemos reiterado varias veces y no nos cansaremos de hacerlo, que la aplicación de la Sección 211 lo que ha hecho es extender el ilegal bloqueo comercial, económico y financiero, de carácter extraterritorial, a los derechos de propiedad intelectual.

Sin embargo, vale tener muy presente que más allá de ésta verdad los Estados Unidos de América incumplen con obligaciones contraídas a nivel internacional en la esfera comercial. Se ha dicho que, el hecho de que los Miembros de la OMC establecieran el actual sistema de solución de diferencias, subraya la importancia que atribuyen al cumplimiento de las obligaciones.

Cuando grandes actores, como los Estados Unidos de América, no cumplen con sus obligaciones ponen en entredicho el equilibrio y la equidad presumiblemente existente entre derechos y obligaciones, así como entre países grandes y pequeños. Además, se socava la confianza que todos los Miembros depositaron en los Acuerdos de la OMC y este sistema de solución de diferencias y se desmiente a aquellos que dicen que este órgano de solución de disputas es la joya de la corona y uno de los principales resultados de la Ronda Uruguay.

Señor Presidente,

Entre los asuntos mundiales abordados en la Cumbre del Grupo de los 8, que tuvo lugar en Alemania en el año 2007, estuvo la innovación y la propiedad intelectual. Los líderes del G-8 reconocieron que era necesario aumentar la cooperación para combatir la falsificación y la piratería de la propiedad intelectual, así como, solicitaron a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) que hiciera recomendaciones sobre maneras de lograr que se respeten los derechos de propiedad intelectual.

Entonces, ¿cómo es posible que uno de los principales participantes en esa reunión, quién supuestamente concede a este tema medular importancia, incumpla con el Acuerdo sobre los ADPIC y otros instrumentos jurídicos en materia de propiedad intelectual y que otros toleren ese incumplimiento?

La pretensión es clara, se trata de que los otros países: los subdesarrollados, no permitan los actos que atentan contra la propiedad intelectual de los países desarrollados, mientras el principal país industrializado, con toda libertad, tolera, dicta y mantiene en vigor disposiciones que promueven la falsificación de las marcas comerciales de terceros. El claro intento de imponer la ley del más fuerte, el doble rasero y la demagogia, son obvios.

La falsificación es una actividad que no sólo afecta a los titulares de los derechos de propiedad intelectual y a sus intereses económicos y morales, sino que también perjudica a las economías y estructuras sociales. No es motivo de asombro que sea precisamente los Estados Unidos de América uno de los Miembros más preocupados por esta actividad, cuando, de las diez marcas con más valor a nivel global, siete tienen este país de origen.

Señor Presidente,

Exigimos que se derogue de inmediato la Sección 211. Cuba considera que estamos ante una situación extrema que no admite ya más dilación en su resolución definitiva.

Como hemos dicho antes, esto va más allá del bloqueo impuesto a un pequeño país y se convierte en el total socavo a las normas de esta Organización. Hoy es nuestro país uno de los más afectados en este diferendo, mañana podría ser cualquier otro, en tanto Estados Unidos de América desconoce las obligaciones y sólo está dispuesto a ejercer sus derechos según sus conveniencias.

Muchas gracias

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