Posición de Cuba sobre la "Declaración sobre medidas para eliminar el terrorismo internacional"
Respuesta a la nota LA/COD/11/1, referida a la aplicación de la Resolución 50/53 de la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre medidas para eliminar el terrorismo internacional.
" Condena enérgicamente la práctica del Terrorismo de Estado
" Solo a la ONU corresponde conducir y articular una campaña internacional contra el terrorismo
" Reitera una vez más que su posición es contraria al terrorismo y a la guerra.
" Rechaza la práctica unilateral de algunos Estados de arrogarse el derecho a emitir "certificaciones" y "listas" de países que supuestamente auspician el terrorismo internacional.
" Rechaza la manipulación por algunos Estados de la teoría del derecho inmanente a la legítima defensa para justificar la comisión de actos de terrorismo invocando el supuesto derecho a la llamada "defensa preventiva".
" La absurda inclusión de Cuba en la lista de Estados que supuestamente auspician el terrorismo internacional responde a cuestiones de política interna de los Estados Unidos, vinculadas a mezquinas motivaciones electorales en el Estado de la Florida.
" El Gobierno de los Estados Unidos por más de cuarenta años ha mantenido una política de apoyo, sostén y tolerancia al terrorismo que se comete contra Cuba desde su territorio.
" La acción del Gobierno de Estados Unidos en su enfrentamiento al terrorismo internacional se basa en una política de doble moral.
" La injusta condena por una Corte Federal venal de Miami de 5 jóvenes cubanos es el colmo del cinismo y la doble moral del gobierno de EE.UU.
I. Aplicación de la Declaración por la República de Cuba.
III. Cuba como país víctima del terrorismo internacional
IV. Acciones terroristas cometidas contra Cuba en los últimos diez meses.
La República de Cuba considera que la "Declaración sobre medidas para eliminar el terrorismo internacional", en lo adelante la Declaración, contenida en la Resolución 49/60 de la Asamblea General, titulada "Medidas para eliminar el terrorismo internacional", constituye un instrumento de plena vigencia y actualidad en el contexto del enfrentamiento al execrable flagelo del terrorismo.
Aún cuando la Asamblea General y otros órganos de las Naciones Unidas, como el Consejo de Seguridad, han adoptado con posterioridad numerosas resoluciones sobre el tema, ninguna de ellas parece tener el alcance y la proyección trazados por la Declaración. Lo mismo sucede con los diversos instrumentos jurídicamente vinculantes existentes sobre la materia, los que, sin demeritar su importancia, tienen un carácter eminentemente parcial y no alcanzan la profundidad de la Declaración en materia de principios, postulados y concepciones.
I. Aplicación de la Declaración por la República de Cuba.
La República de Cuba, como muestra de su inquebrantable voluntad política de contribuir al enfrentamiento contra el terrorismo internacional, ha aplicado y aplica a cabalidad los principios, postulados y concepciones adoptados en la Declaración.
Cuba reitera su más profundo rechazo a todos los actos, métodos y prácticas terroristas en todas sus formas y manifestaciones por quien quiera y contra quien quiera que se cometan, y donde quiera que estos ocurran, y sean cuales fueren sus motivaciones, incluidos aquellos en los que hay Estados directa o indirectamente involucrados.
En cumplimiento de la Declaración, Cuba reitera que jamás ha permitido ni permitirá la utilización del territorio nacional para la realización, planificación o financiación de actos de terrorismo contra cualquier otro Estado.
Cuba también condena enérgicamente la práctica del Terrorismo de Estado, rechazada por la comunidad internacional en la Declaración, al afirmar que "los Estados deben abstenerse de organizar o instigar actos de terrorismo en el territorio de otros Estados, de colaborar o participar en su comisión o de tolerar o alentar que se lleven a cabo en su territorio actividades que apunten a la comisión de esos actos".
Para Cuba, estos postulados tienen plena vigencia y concuerdan estrechamente con su inamovible posición de condena a todos los actos, métodos y prácticas de Terrorismo en todas sus formas y manifestaciones.
Cuba considera que el Terrorismo constituye un fenómeno reprochable e inaceptable, cuya existencia ha de ser combatida por la comunidad internacional en su conjunto, en un ambiente de estrecha cooperación y en el marco del respeto a la Carta de las Naciones Unidas, a las normas del Derecho Internacional y al Derecho Internacional Humanitario.
En este contexto, Cuba reafirma que sólo a la Organización de las Naciones Unidas corresponde la tarea de conducir y articular una campaña internacional contra el terrorismo. La lucha contra este fenómeno no puede ser concebida ni llevada a cabo en función, únicamente, de los intereses nacionales y de las ambiciones de política exterior de algún país en específico, sino que ha de constituir un bastión para la unidad de la comunidad internacional como un todo, en sus esfuerzos por desterrar este mal de la faz de la tierra.
Independientemente del papel que en el enfrentamiento al terrorismo pueden desempañar otros órganos de las Naciones Unidas, como por ejemplo el Consejo de Seguridad, Cuba desea reiterar que la Asamblea General es el órgano con el mandato y las características necesarias para llevar a cabo eficazmente esta labor, y para propiciar la imprescindible cooperación internacional que requiere una tarea de tal envergadura.
En los tiempos que corren, signados por la intención abiertamente manifiesta de una gran potencia de imponer su hegemonía universal mediante el uso de su descomunal poderío militar y que para ello ha desconocido de forma manifiesta las normas y principios del Derecho Internacional y la Carta de las Naciones Unidas, Cuba considera necesario dejar bien sentada su posición de rechazo total a la utilización del enfrentamiento al terrorismo como pretexto para justificar la intromisión en los asuntos internos de otros Estados y la agresión, y para cuestionar la soberanía nacional de los Estados. Cuba reitera una vez más que su posición es contraria al terrorismo y a la guerra.
Como muestra de su inquebrantable voluntad política de contribuir a la erradicación de este fenómeno, Cuba ha mantenido siempre una posición constructiva ante cualquier iniciativa legítima y viable dirigida a avanzar en la lucha contra el terrorismo.
En este contexto, Cuba ha reiterado en innumerables ocasiones la impostergable necesidad de adoptar una Convención General sobre terrorismo internacional, que contribuya a cubrir las lagunas existentes en los instrumentos adoptados por Naciones Unidas en la prevención y represión del terrorismo internacional, en consonancia con lo expresado en el párrafo 7 de la Declaración.
Lamentablemente, este objetivo, al cual la comunidad internacional, en su incansable esfuerzo por combatir este mal, no debe renunciar, no ha podido ser materializado.
Cuba considera que una Convención General sobre terrorismo internacional debe contener necesariamente una definición clara y precisa del delito de terrorismo, que incluya todos los tipos y formas que adopta este fenómeno, que prevea todos los elementos materiales y mentales que conforman este delito, y que entrañe responsabilidad tanto para las personas naturales como para las personas jurídicas.
La no existencia de una definición del delito de terrorismo internacional en los instrumentos jurídicamente vinculantes de que la comunidad internacional se ha dotado sobre el tema, ha facilitado la manipulación y el uso de interpretaciones políticamente motivadas por parte de algunos Estados, al tiempo que también ha propiciado la aplicación selectiva de tales instrumentos.
Cuba, que ha sido víctima de innumerables acciones terroristas desde 1959, fraguadas, organizadas y financiadas con total impunidad desde el territorio de los Estados Unidos, en muchas instancias por el Gobierno de ese país o con su apoyo expreso, desea reafirmar su convencimiento de la necesidad de avanzar en la definición de los actos de terrorismo cometidos por un Estado con la intención de desestabilizar a otro, patrocinando, financiando, entrenando o protegiendo en su territorio o fuera de éste a elementos terroristas que actúan contra otro Estado. Avanzar en esta dirección constituye una imperiosa necesidad, si es que se desea verdaderamente propiciar un marco jurídico apropiado para enfrentar este fenómeno.
En este sentido, para Cuba es inaceptable que las actividades de las fuerzas armadas de un Estado que no estén reguladas por el Derecho Internacional Humanitario, sean excluidas del ámbito de aplicación de una futura Convención General, máxime cuando para Cuba el terrorismo internacional sí es una conducta antijurídica aplicable a los Estados. Una exclusión de tal naturaleza sería contraria al espíritu de la Declaración y serviría como pretexto a las acciones de un Estado dirigidas a desestabilizar a otro.
Asimismo, Cuba se une al reclamo de países del Tercer Mundo, al expresar que una Convención General sobre terrorismo internacional ha de garantizar una clara distinción entre el terrorismo y la lucha legítima de los pueblos por su independencia y contra la dominación extranjera, así como en defensa del derecho a su libre determinación.
En su voluntad de contribuir a la aplicación plena de la Declaración, Cuba continuará insistiendo en la necesidad de adoptar una Convención General sobre terrorismo internacional con las características anteriormente mencionadas. Cuba considera que la adopción de una Convención de tal naturaleza sería una importante contribución al enfrentamiento a este flagelo y al desarrollo progresivo del Derecho Internacional, y propiciaría el necesario reforzamiento del marco legal establecido en los tratados sectoriales existentes sobre la materia, permitiendo subsanar y cubrir las omisiones y deficiencias de que éstos adolecen.
Asimismo, Cuba rechaza la manipulación por algunos Estados de la teoría del derecho inmanente a la legítima defensa para justificar la comisión de actos de terrorismo invocando el supuesto derecho a la llamada "defensa preventiva". El fin de tal manipulación no es otro que tratar de legitimar la agresión, la injerencia en los asuntos internos de otros Estados y el Terrorismo de Estado.
En consonancia con el espíritu de la Declaración, Cuba reafirma una vez más su plena disposición de cooperar bilateralmente con cualquier Estado en la lucha contra el terrorismo, siempre que sea sobre la base del respeto a los principios de igualdad soberana de los Estados y la no injerencia en sus asuntos internos.
Cuba rechaza con todas sus energías la práctica unilateral de algunos Estados, contraria al espíritu de la Declaración y a los principios del Derecho Internacional y la Carta de las Naciones, de arrogarse el derecho a emitir "certificaciones" y "listas" de países que supuestamente auspician el terrorismo internacional. Cuba considera que este es un ejercicio espurio, políticamente motivado y viciado de origen. Quienes elaboran tales listados carecen de la más mínima autoridad moral para erigirse en árbitros internacionales en materia de terrorismo o cualquier otra materia.
La absurda inclusión de Cuba en la lista de Estados que supuestamente auspician el terrorismo internacional, elaborada anualmente por el Gobierno de Estados Unidos, responde a cuestiones de política interna de ese país, vinculadas a mezquinas motivaciones electorales en el Estado de la Florida, donde actúa impunemente una mafia terrorista que ha organizado, financiado y realizado cientos de actos de terrorismo contra la nación cubana.
Durante los últimos cuarenta y cuatro años, el Gobierno de los Estados Unidos no ha dejado de inventar burdos pretextos para mantener su política agresiva contra el pueblo cubano y su Revolución. En este contexto, las falsas acusaciones sobre una supuesta vinculación de Cuba con el terrorismo han estado entre los argumentos más manejados para tratar de socavar el prestigio y la autoridad moral de la Revolución Cubana.
Es el Gobierno de los Estados Unidos el que desarrolla una política de genocidio contra el pueblo de Cuba, expresada en el inhumano e irracional bloqueo que se aplica contra nuestro país desde hace más de 40 años, el cual ha sido condenado en múltiples ocasiones por la comunidad internacional, tal como evidencian las 11 resoluciones adoptadas por la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre este tema .
Es el Gobierno de los Estados Unidos el que por más de cuarenta años ha mantenido una política de apoyo, sostén y tolerancia al terrorismo que se comete contra Cuba desde su territorio, con la finalidad de privar a la nación cubana del ejercicio de su derecho a la libre determinación.
II. Principales acciones llevadas a cabo en los últimos años por Cuba en el marco del enfrentamiento al terrorismo .
La inquebrantable voluntad política que ha caracterizado desde 1959 a la República de Cuba en su compromiso con la prevención y el combate del fenómeno del terrorismo, se ha evidenciado con acciones concretas a lo largo de las últimas cuatro décadas. Entre las principales medidas adoptadas más recientemente se encuentran:
Mediante acuerdo tomado el 4 de octubre de 2001, la Asamblea Nacional del Poder Popular pidió a los Consejos de Ministros y de Estado que procedieran a la aprobación y ratificación, respectivamente, de todos los tratados internacionales en materia de terrorismo en los que hasta ese momento Cuba no era parte. De esta forma, Cuba se convirtió en uno de los primeros Estados en cumplir con el llamado hecho por el Secretario General de la ONU para que todos los Estados se hiciesen parte en los 12 tratados internacionales sobre terrorismo.
El 20 de diciembre de 2001, durante el Octavo Período de Sesiones de la Quinta Legislatura de la Asamblea Nacional del Poder Popular, se aprobó por unanimidad la "Ley Contra Actos de Terrorismo", que tiene como objetivo codificar y sancionar las acciones terroristas y otros hechos relacionados, sobre la base del Código Penal vigente y de los Convenios Internacionales adoptados en el marco de las Naciones Unidas que Cuba ha suscrito sobre esta materia. Esta ley refuerza y actualiza las disposiciones penales vigentes, al prevenir y sancionar los actos cometidos con artefactos explosivos o mortíferos, agentes químicos, biológicos u otros medios o sustancias; la toma de rehenes; los actos contra las personas internacionalmente protegidas; los actos contra la seguridad de la navegación marítima, la aviación civil y los aeropuertos y todos aquellos otros actos que atentan contra la seguridad aérea y marítima, incluidos los que atentan contra la seguridad de las plataformas fijas emplazadas en la plataforma continental o insular. Como hecho novedoso, esta ley también tipifica y sanciona los actos terroristas cometidos en ocasión del uso de los medios y técnicas informáticas. Con la adopción de esta ley, la República de Cuba se ha dotado de una legislación actualizada y abarcadora, que le permite enfrentar todas las formas y manifestaciones del terrorismo y otros delitos asociados, de manera eficaz y coherente.
Cuba no sólo ha llevado a cabo acciones en el plano legislativo, sino que también ha instrumentado una serie de medidas y acciones en la esfera jurídico-administrativa dirigidas a la prevención y detección de actos de terrorismo y otros delitos internacionales asociados. Entre estas medidas se destacan las numerosas instrucciones y resoluciones emitidas por el Banco Central de Cuba para evitar el lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo, así como las acciones llevadas a cabo por la Aduana General de la República y el Ministerio del Interior en el reforzamiento de la vigilancia y el control para impedir la entrada de elementos terroristas al territorio nacional.
Cuba ha cumplido cabalmente con la Resolución 1373 del Consejo de Seguridad. El Comité contra el Terrorismo del Consejo de Seguridad recibió, en fecha 27 de diciembre de 2001, un detallado y minucioso Informe publicado como documento oficial de 2 de enero de 2002 (S/2002/15). Dicho Informe recoge las posiciones de Cuba en este tema, y ofrece un gran volumen de información acerca de las medidas y acciones penales y no penales adoptadas por Cuba antes y después de la Resolución 1373 para la prevención y represión del terrorismo. Asimismo, en fecha 24 de septiembre de 2002, Cuba entregó al mencionado Comité un Informe complementario, publicado como documento oficial de 30 de septiembre de 2002 (S/2002/1093), en el que se profundiza sobre algunas de las cuestiones referidas en su Informe inicial. Actualmente, Cuba prepara las respuestas a las preguntas formuladas por este órgano en relación con su Informe complementario, y las presentará cuando corresponda, de acuerdo al calendario establecido.
Cuba no ha descansado en la búsqueda de formas de cooperación bilateral para enfrentar el terrorismo internacional sobre la base del respeto mutuo y la igualdad soberana de los Estados. En este contexto, el Gobierno de Estados Unidos, con falsos e irracionales argumentos, ha rechazado la propuesta realizada por Cuba para suscribir un Programa Bilateral de lucha contra el terrorismo, presentada desde el 29 de noviembre de 2001 y reiterada el 3 de diciembre de 2001, el 12 de marzo de 2002, y el 17 de diciembre de 2002, en ocasión de celebrarse la 19na ronda de conversaciones migratorias entre ambos Gobiernos.
III. Cuba como país víctima del terrorismo internacional
Durante más de cuarenta años el pueblo de Cuba ha sido víctima de innumerables acciones terroristas, en su inmensa mayoría planificadas y organizadas desde territorio norteamericano, con el apoyo, la protección y el financiamiento de los sucesivos Gobiernos de ese país. Como consecuencia de estos actos, el pueblo cubano ha pagado un alto costo en vidas humanas. Un total de 3 478 personas han resultado muertas, mientras que otras 2 099 han recibido daños a su integridad física. Altísimo ha sido también el costo económico que ha pagado la nación cubana como consecuencia de los sucesivos sabotajes e incluso agresiones biológicas de las que ha sido objeto a lo largo de la defensa de su soberanía y autodeterminación.
Es ampliamente conocido que desde territorio norteamericano operan contra Cuba un sinnúmero de organizaciones terroristas con total impunidad, y que por sus calles han circulado libremente connotados y confesos criminales, entre los que se cuentan reconocidos terroristas y asesinos como Luis Posada Carriles, Orlando Bosch, Gaspar Jiménez Escobedo, Pedro Remón, Guillermo Novo Sampoll, Leonel Macías, Nazario Sargent, Francisco José Hernández Calvo, José Basulto, Rubén Dario López Castro, Roberto Martín Pérez, Silverio Rodríguez Pérez, Rodolfo Frómeta, Ramón Leocadio Bonachea, William Chávez y otros que harían la lista interminable, responsables de la pérdida de vidas cubanas y del sufrimiento de miles de hogares que perdieron sus hijos como consecuencia de las inescrupulosas acciones de tales individuos.
La política de apoyo al terrorismo contra Cuba seguida por el Gobierno de los Estados Unidos, la violación por ese país de los Acuerdos Migratorios firmados por ambos Gobiernos para garantizar una emigración legal, ordenada y segura, la existencia en ese país de leyes que estimulan abiertamente la emigración ilegal desde Cuba como la llamada "Ley de Ajuste Cubano", así como el trato benevolente de las autoridades norteamericanas para con los secuestradores de embarcaciones y aeronaves cubanas, comisores de delitos tipificados en instrumentos internacionales en materia de terrorismo suscritos por el Gobierno de los Estados Unidos, han sido la causa directa de las innumerables acciones terroristas cometidas en Cuba por individuos inescrupulosos que han puesto en peligro la vida de personas, e incluso han asesinado, con la finalidad de secuestrar naves o aeronaves para dirigirse a Estados Unidos. El Gobierno de ese país no ha intentado, siquiera, devolver a alguna de estas personas reclamadas por la justicia cubana.
Estos hechos prueban una vez más la falta de voluntad política del Gobierno de Estados Unidos para castigar el delito de terrorismo que se comete contra países que mantienen posiciones independientes y no se someten a su política.
Cuba considera que pretender erigirse en líder de la campaña internacional contra el terrorismo, y a la vez ser sostén y refugio seguro para cuanto terrorista atenta contra la Revolución Cubana, constituye un ejemplo más de la política de doble moral que guía la acción del Gobierno de Estados Unidos en su enfrentamiento al terrorismo internacional.
El colmo del cinismo y la doble moral del Gobierno de Estados Unidos en su pretendida campaña internacional contra el terrorismo, lo constituye la injusta condena por una Corte Federal venal de Miami de los ciudadanos cubanos Gerardo Hernández, Ramón Labañino y Fernando González, y a los ciudadanos norteamericanos Antonio Guerrero y René González. El único "delito" de estas personas era el haber monitoreado las acciones de las varias organizaciones terroristas que operan desde Estados Unidos contra Cuba, protegiendo al pueblo cubano, y al norteamericano, del flagelo del terrorismo.
Durante los más de cuatro años en que han estado injustamente encarcelados en cárceles norteamericanas, estos jóvenes han visto violados sus más elementales derechos humanos en múltiples ocasiones. Entre otras acciones, fueron sometidos a una situación de incomunicación total por un período ininterrumpido de 17 meses, han sido sometidos a tratos inhumanos y degradantes, han sido cruelmente recluidos en celdas de castigo sin motivos que justifiquen tal medida y fueron privados hasta del contacto con sus abogados en los momentos en que preparaban su apelación a la Corte de Apelaciones de Atlanta. Asimismo, a sus familiares se les han puesto innumerables trabas para visitarlos e incluso a dos de sus esposas se les han prohibido totalmente estas visitas, lo cual ha sido oportunamente denunciado por Cuba ante la Organización de Naciones Unidas, como consta en los documentos A/56/969 del 5 de junio de 2002, A/56/1031 de 3 de septiembre de 2002 y A/57/760 de 25 de marzo de 2003, circulados respectivamente bajo los temas "Cuestiones relativas a los derechos humanos" y "Medidas para eliminar el terrorismo internacional",
Durante el proceso judicial, estas personas han sido objeto de innumerables violaciones a su legítimo derecho a recibir un juicio justo e imparcial, con todas las garantías procesales establecidas en el Derecho Internacional y en la propia legislación norteamericana. Además, se evitó que en el proceso saliera a relucir el tema de las acciones terroristas contra Cuba y, finalmente, el Gobierno pidió al tribunal que no sólo les impusiera las más severas sanciones posibles, sino una sanción adicional, por si algún día recuperaban su libertad, a fin de que no actuasen nuevamente contra los terroristas que desde Miami operan contra Cuba:
"Como otra condición especial de la libertad supervisada, se le prohíbe al acusado asociarse con o visitar lugares específicos donde se sabe que están o frecuentan individuos o grupos tales como terroristas, (...)"
Al mismo tiempo, a pesar de la existencia de la campaña internacional contra el terrorismo, continúan las acciones de la mafia terrorista de origen cubano radicada en Miami dirigidas a abortar el proceso judicial que se sigue en Panamá contra los terroristas Luis Posada Carriles, Gaspar Jiménez Escobedo, Guillermo Sampoll y Pedro Remón Rodríguez.
Como se recordará, estos connotados terroristas, entre otras acciones, planearon la colocación de explosivos plásticos de un alto poder destructivo en el paraninfo de la Universidad de Panamá, con la intención de asesinar al Presidente cubano Fidel Castro Ruz, quien se encontraba en ese país con motivo de la X Cumbre Iberoamericana. De no haber sido abortado el plan gracias a la participación de las autoridades cubanas, este hecho habría causado la muerte a cientos de estudiantes, profesores y otras personas que participarían en el acto donde haría uso de la palabra el líder cubano.
Como ha denunciado Cuba en varias ocasiones desde el mismo momento de la detención de los mencionados terroristas, círculos mafiosos con base en Miami y Panamá no han cejado en sus intentos de sustraer a estos individuos de la acción de la justicia. Con esos fines, numerosos han sido los viajes realizados a Panamá por conocidos agentes de la mafia terrorista de Miami.
En este sentido, se ha estado planeando una posible fuga de estos individuos hacia un país de la región y se ha manipulado el tema en los medios de prensa, presentando a estos terroristas como perseguidos políticos del Gobierno cubano. También se ha podido constatar el envío de cuantiosos recursos financieros desde los Estados Unidos, destinados a sufragar los costos de la defensa y para otros fines relacionados con dicho proceso.
Cuba espera que estos individuos no logren la impunidad que ellos y sus compinches buscan, y que sus acciones sean severamente juzgadas, como corresponde a la magnitud y la gravedad de su actuar terrorista, que ha afectado la vida y los intereses de personas en más de una veintena de naciones.
IV. Acciones terroristas cometidas contra Cuba en los últimos diez meses.
6 de agosto de 2002.
La embarcación cubana "Plástico 16", perteneciente al Puerto de La Coloma, Pinar del Río, fue secuestrada por cinco personas y conducida a Estados Unidos. El Ministerio de Relaciones de la República de Cuba, mediante su nota diplomática 1428 de 27 de agosto de 2002, solicitó al Gobierno norteamericano la devolución de los secuestradores. Dicha solicitud no fue cumplida. Por el contrario, meses después los secuestradores fueron puestos en libertad en Estados Unidos.
26 de octubre de 2002.
A la 1:00 AM, siete personas penetraron en el fondeadero de Manoplas, Municipio santa Cruz del Sur, Provincia de Camagüey, ataron al personal de guardia y sustrajeron las embarcaciones "Alecrín" y "Mabel" con el objetivo de salir ilegalmente del país. Los custodios atados fueron trasladados en las naves y abandonados en el estero "Revienta Caballo". Los secuestradores arribaron a Belice, donde hasta el momento se encuentran detenidos.
11 de noviembre de 2002.
Varios individuos secuestraron una avioneta de fumigación marca AN-2, con el propósito de dirigirse hacia territorio de Estados Unidos. El Ministerio de Relaciones Exteriores de Cuba, mediante sus notas diplomáticas 1778 de 2002 y 180 de 2003, reclamó al Gobierno norteamericano la devolución de los secuestradores y de la avioneta. Las autoridades norteamericanas ni siquiera instruyeron cargos contra los secuestradores, a quienes pusieron en libertad cuatro días después de su llegada a ese país.
26 de noviembre de 2002.
Entre las 4:10 y las 4:30 AM, en la pista "Calderón" del poblado de Dos Ríos, municipio Palma Soriano, Santiago de Cuba, tres individuos que portaban armas de fuego intentaron secuestrar una avioneta agrícola AN-2, de matrícula CU-1170, con el propósito de dirigirse a territorio de Estados Unidos. Dichos individuos amenazaron con un arma de fuego y despojaron de su arma a uno de los custodios y lesionaron en el pecho y el brazo a otro, quién había disparado contra los secuestradores.
Asimismo, el operador de la planta de combustible y habilitador de la avioneta fue capturado, amenazado, golpeado y amarrado al tren de aterrizaje de la nave por los secuestradores, quienes trataron de quitar el candado que protege la hélice y realizaron otras acciones para intentar vulnerar las medidas de seguridad. Al no lograr su propósito, los secuestradores se dieron a la fuga, llevándose las armas de los custodios. Posteriormente fueron detenidos por las autoridades cubanas, excepto uno de ellos, quien falleció como resultado de una herida provocada durante el hecho.
29 de enero de 2003.
En la Isla de la Juventud fue secuestrada la embarcación de ferrocemento "Cabo Corrientes" y fue conducida hacia territorio de Estados Unidos. Las autoridades cubanas reclamaron al Gobierno norteamericano la devolución de los secuestradores. Hasta el momento no se ha recibido contestación alguna. Por el contrario, las autoridades norteamericanas pusieron en libertad a los secuestradores inmediatamente.
3 de febrero de 2003.
A las 6:05 PM un servicio de tropas guardafronteras cubanas detectó la salida sin despacho por la bahía de Santa Cruz del Sur, Camagüey, de la embarcación lista quinta "El Cañón", con 15 personas a bordo que intentaban realizar una salida ilegal del país.
A las 10:00 PM, dicha embarcación colisionó al ferrocemento 358, perteneciente al Ministerio de la Industria Pesquera, a unas 14 millas al sur de la Provincia. Como resultado de la colisión, todos los tripulantes de la embarcación (10 hombres, 4 mujeres y una niña) cayeron al agua, siendo rescatados por la tripulación del ferrocemento.
Las personas rescatadas, usando un machete y medios de pesca, obligaron a la tripulación del ferrocemento a arrojarse al mar, apoderándose de la embarcación y continuando la navegación hasta su arribo a Honduras.
6 de febrero de 2003.
Cuatro individuos secuestraron una lancha rápida perteneciente a las tropas de guardafronteras, y se dirigieron hacia territorio de Estados Unidos. El Gobierno cubano exigió al Gobierno norteamericano la devolución de los secuestradores. Sin embargo, hasta el momento, el Departamento de Estado norteamericano no ha respondido la petición cubana, y no se conoce que las autoridades norteamericanas hayan presentado cargos contra los secuestradores.
19 de marzo de 2003.
A las 7:24 PM, seis individuos, acompañados de sus familiares, secuestraron y desviaron hacia Estados Unidos la aeronave DC-3, matrícula CUT-1192, perteneciente a la empresa cubana "Aerotaxi", que cubría el vuelo 877 Nueva Gerona - Habana, con 36 personas a bordo, incluidos cuatro menores de edad. Los autores del hecho se valieron de cuchillos y objetos punzantes con los que amenazaron de muerte a la tripulación y a los pasajeros, poniendo en serio peligro sus vidas.
31 de marzo de 2003.
A las 9:22 PM, un individuo, acompañado de su esposa e hijo, valiéndose de una supuesta granada de mano, secuestró una aeronave marca AN-22, perteneciente a Cubana de Aviación, que cubría el vuelo CUB-705 Nueva Gerona - Habana, con la finalidad de dirigirse a territorio de Estados Unidos. En la nave se encontraban cuatro tripulantes y 47 pasajeros, incluidos cinco menores de edad. El autor del hecho amenazó con hacer explotar la aeronave con todos los rehenes a bordo si no era transportado hacia Estados Unidos, poniendo en serio peligro la vida de las personas que en ella se encontraban.
2 de abril de 2003.
En horas de la madrugada, once individuos, actuando como un grupo organizado y llevando con ellos a un menor de edad, abordaron y secuestraron en el puerto de La Habana una embarcación empleada para la transportación de pasajeros, con la intención de dirigirse hacia territorio de Estados Unidos. Los autores del hecho se apoderaron del control de la nave mediante la amenaza de uso de un arma de fuego y varias armas blancas contra la tripulación y los pasajeros, a quienes mantuvieron como rehenes durante casi 24 horas, sin acceso a agua potable, medicinas y alimentos, poniendo en serio peligro su vida e integridad física. En la embarcación viajaban 36 personas, incluidos un menor de edad, y cuatro ciudadanos extranjeros
Tras complicadas operaciones, las autoridades cubanas lograron capturar a estos individuos, cuyos actos fueron severamente sancionados por los tribunales competentes, de acuerdo con la legislación penal vigente en el país y en el marco del respeto a las garantías del debido proceso internacionalmente reconocidas.
Los acusados fueron sancionados con severas penas que incluyeron sanciones de muerte a tres acusados, privación perpetua de libertad a cuatro acusados, treinta años de privación de libertad a un acusado, cinco años de privación de libertad a un acusado, tres años de privación de libertad a un acusado y dos años de privación de libertad para otro.
10 de abril de 2003.
En el municipio especial Isla de la Juventud, ocho individuos armados con cuchillos atacaron a un soldado del Servicio Militar General, que cumplía con el servicio de guardia en una Unidad Militar, lo amarraron y le sustrajeron un fusil AKM y tres cargadores, para con este dirigirse al aeropuerto "Rafael Cabrera Mustelier" con el propósito de secuestrar la aeronave que cubría el vuelo 704 CUT 1236 con un total de 47 pasajeros a bordo, entre ellos un niño de cuatro años de edad.
Los ocho personas detenidas en relación con los hechos, reconocieron sus intenciones de concentrarse en el salón de espera del aeropuerto momentos antes del arribo ese día del último vuelo Habana - Nueva Gerona y permitir que descendieran de la nave alrededor de diez pasajeros, para proceder en ese momento a romper el ventanal de cristal que da hacia la pista y abordar el avión por la fuerza, tomando como rehenes a los pasajeros que todavía se encontrarían en el interior del avión y a su tripulación, con la finalidad de exigir ser llevados a territorio de Estados Unidos.
Estas personas fueron sancionadas por los delitos de Terrorismo y Robo con violencia. A cinco de ellos se le impusieron sanciones de privación perpetua de libertad, uno fue condenado a 30 años de privación de libertad, uno fue sancionado a 25 años de privación de libertad y otro a 20 años de privación de libertad.
La gravedad y la ocurrencia cada vez más frecuente de este tipo de acciones, fomentadas abiertamente por la política de estímulo a la emigración ilegal seguida por el Gobierno de Estados Unidos contra Cuba, así como el hecho de que forma parte de un plan de gran envergadura, dirigido a desestabilizar el país, crear una crisis migratoria y propiciar una escalada en las tensiones entre Cuba y Estados Unidos, que pondría en riesgo la seguridad del país y de la región, obligaron a los tribunales cubanos a imponer severas sanciones penales contra los responsables de estos hechos, llegando incluso a dictar la pena de muerte a algunos de los más violentos terroristas capturados. El Consejo de Estado de la República de Cuba ratificó estas sanciones con dolor, pero teniendo presente la convicción y la responsabilidad de proteger la tranquilidad y la seguridad de su pueblo.
El Gobierno de la República de Cuba, no ha descansado ni descansará jamás en el ejercicio de su legítima defensa frente a tales acciones.
30 de mayo de 2003