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Acusación actual en El Paso, Texas contra el terrorista Luis Posada Carriles.

 

El 8 de abril del 2009 los fiscales de la División de Seguridad Nacional del Departamento de Justicia de los EE.UU., John W. Van Lonkhuyzen y Rebekah L. Sittner, presentaron una nueva acusación contra el terrorista Luis Posada Carriles, ante la Corte Federal para el Distrito Oeste de Texas, Estados Unidos, que amplía los cargos criminales contra éste.

 

En total se le imputan a Posada Carriles 11 cargos por cuatro delitos. Los cargos 1 y 2 por Perjurio (Mentir bajo juramento), el tercer cargo por Obstrucción de justicia, el cuarto por fraude en el proceso migratorio y los cargos del quinto al onceno por falsa declaración en el proceso migratorio.

 

Los cargos más graves imputados son del 1 al 3, ya que lo relacionan indirectamente con actos terroristas. El cargo 1 y 2 se refiere a la figura del Perjurio que no es más que mentir después de haber realizado un juramento solemne de no hacerlo, en este caso ante un Juez de Inmigración. El cargo 3 se refiere a la Obstrucción de Justicia que no es más que impedir mediante alguna acción u omisión el buen desarrollo de una investigación de cualquier tipo.

 

El cargo 1 se refiere a 2 preguntas: Se le pregunto si estaba involucrado en el reclutamiento de personas para poner bombas en la Habana y su respuesta fue que no, se le pregunto si eran ciertos los comentarios publicados en el New York Times sobre su relación con estos atentados con bombas y su respuesta fue que no eran ciertos.

 

El cargo 2 se refiere a la pregunta de un acuerdo entre Posada y Raúl Cruz León para transportar explosivos a la Habana, a lo que Posada respondió que no conocía a Cruz León y nunca había acordado nada con él.

 

Ambos cargos son una maniobra inteligente de la Fiscalía: Para poder imputar estos cargos, la fiscalía tiene que reconocer en el escrito de acusación que son conocidos los vínculos de Posada con los atentados con bombas de la Habana, que lo confesó en el citado artículo del New York Times y que envío a Raúl Cruz León a poner explosivos en la Habana. Sin embargo no lo acusa por estos delitos.

 

Por ambos cargos, según el Código Federal de los Estados Unidos, no se puede imponer más de 5 años de privación de libertad.

 

El cargo 3 se refiere a que Posada impidió el buen desarrollo de investigaciones del gobierno al mentir, ocultar información, dar informaciones falsas, etc., todo en relación con actividades del terrorismo internacional.

 

La fiscalía una vez más inteligentemente lo acusa de ocultar información sobre actos terroristas, pero no lo acusa directamente de estos actos.

 

La pena máxima por este cargo es de 8 años de privación de libertad, por involucrarse con el terrorismo internacional según la definición del propio Código Federal.

 

El cargo 4 se refiere al fraude (mentir, ocultar información, etc.) realizado por Posada en el proceso migratorio con la intención de obtener la ciudadanía norteamericana.

 

        Por este delito el Código Federal prevé pena de hasta 25 años de privación de libertad si se involucra al terrorismo internacional. Sin embargo la Fiscalía no hace mención a esta relación con el terrorismo como si lo hizo en el cargo anterior.

 

El resto de los cargos se refieren al falso testimonio de Posada en la Solicitud de Ciudadanía referido solo a la forma en que entró a los
Estados Unidos.

 

        Por estos cargos no se puede imponer más de 5 años de privación de libertad.

(Cubaminrex)

 

 

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